Una mala praxis durante el parto de su segundo hijo marcó la vida de una familia gallega que ahora recibirá la mayor indemnización otorgada por la justicia española ante una negligencia médica: 13 millones de euros. La pesadilla para estos padres empezó en el mismo momento del alumbramiento, que se llevó a cabo en el hospital La Rosaleda de Santiago de Compostela. Un centro privado en el que la madre, una funcionaria de 36 años, ingresó para una inducción al parto que con el paso de las horas se fue complicando. Cuando las constantes del vitales del bebé empezaron a dar señales de alerta, la reacción del equipo médico -denuncia su abogado, el letrado coruñés Cipriano Castreje- no estuvo a la altura. «No había anestesista, intentaron sacarlo con una ventosa pese a que esa instrumentalización estaba contraindicada y tardaron en practicar la cesárea», detalla en conversación con ABC. El pequeño acabó naciendo en estado crítico en este centro, del que fue derivado de urgencia al Complejo Hospitalario Universitario de la capital (CHUS), donde lograron salvarle la vida aunque con secuelas irreparables. Allí permaneció ingresado sus primeros 80 días de vida. Según la sentencia del caso a la que ha tenido acceso este diario, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Santiago, la práctica médica fue un fracaso y provocó que el niño -que en la actualidad tiene 8 años- sufra parálisis cerebral, ceguera en ambos ojos, retraso severo en el desarrollo psicomotor, retraso mental, trastorno del lenguaje, trastorno de deglución severo y sordomudez, además de problemas respiratorios de diversa índole . Un juzgado de lo social determinó, tras analizar el caso, que su discapacidad es del cien por cien, un porcentaje, asume el letrado de la familia, «inaudito hasta el momento». También lo es la indemnización a la que ahora obliga el juzgado, que deberá ser desembolsada por la aseguradora del hospital, Segurcaixa Adeslas. Pero el camino para lograr esta compensación no ha sido ni corto, ni mucho menos sencillo. Pelea judicialLo primero que hicieron los padres fue reclamar en el propio hospital, centrando su acusación en la gestión del parto que había hecho una obstetra de su cuadro médico. Allí los derivaron a la aseguradora, que en primer término rechazó toda clase de responsabilidad. En ese momento, contactaron con el abogado coruñés, que intentó en vano un acto de conciliación. «Conociendo el historial médico del niño como lo conocían, fueron incapaces de consignar nada de dinero», explica el letrado, que no tardó en inicial el periplo judicial.MÁS INFORMACIÓN estandar No Una mujer da a luz en una ambulancia de camino al hospital en Valencia ABCDos juzgados fallaron a favor de la familia al entender que durante el alumbramiento se había producido una negligencia de carácter grave , que explica el estado actual del pequeño después de un embarazo sin ningún tipo de complicaciones. Y con la discapacidad del cien por cien sobre la mesa presentaron una demanda para reclamar una indemnización no solo por las secuelas físicas del menor -irreparables y condicionantes- sino por el daño emocional y económico causado a la familia. «La madre tuvo que dejar su empleo y el padre ha tenido que pedir muchas reducciones. Desde que el niño nació viven las 24 horas dedicadas a él, y no se puede imaginar cómo lo tienen de bien cuidado… Han tenido que desembolsar mucho dinero para fisioterapeutas, atenciones médicas de todo tipo, y el seguro nunca les ha abonado nada. Es mezquino ver la forma en la que actúan» reprocha el abogado, que mantiene un estrecho contacto con la familia. «Emocionalmente los ha dejado muy tocados, incluso a mí, que a raíz de conocer al niño escribí un libro sobre el derecho de toda persona a nacer sana», profundiza Castreje. 2.958 euros diarios de interesesEl mismo fallo firmado por la magistrada María Paz Filgueira afea a la aseguradora el « abandono » al que condenó al menor, cuyos padres no han cobrado «ni un euro». «Honestamente, no sé a qué están esperando», reconoce el abogado sobre los 2.958 euros que se suman cada día a la cantidad fijada por el tribunal en concepto de intereses. «Podrán apelar, y quizás consigan una mínima rebaja, pero nada de lo que han hecho se explica», insiste. Sus palabras las suscribe la propia sentencia: «La inacción de la entidad demandada no está justificada de forma alguna» . A la encargada de dirigir el parto le reprocha no solo el «intento de un parto natural y el retraso en la pauta de cesárea», sino también «una mala vigilancia durante el proceso» que derivó en la falta de oxígeno que acabó condenando al bebé.
Leave a Reply