Multan al Ministerio de Justicia por el «poco cuidado» de la Guardia Civil con un coche incautado

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Multan al Ministerio de Justicia por el «poco cuidado» de la Guardia Civil con un coche incautado

«Los daños reflejados en el motor son consecuencia de una muy descuidada custodia y conservación y los deterioros en el exterior no son achacables al paso inherente del tiempo, sino al poco cuidado en el uso del vehículo». Esta es la contundente estimación de la Audiencia Nacional para condenar al Ministerio de Justicia a pagar 18.120,24 euros al dueño de un coche incautado durante una persecución en Castellón , por el nulo mantenimiento que ejerció la Guardia Civil durante el tiempo que estuvo decomisado.Según aparece recogido en la sentencia emitida por el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 2 de la Audiencia Nacional el pasado 18 de abril y que obra en poder de ABC , el Gobierno deberá pagar la reparación del coche intervenido, así como las costas del pleito y los intereses legales desde que se presentó la reclamación administrativa.El objeto de la denuncia fue la reclamación patrimonial formulada por el dueño de un vehículo, un BMW serie 6 , por el «anormal funcionamiento» de la Administración de Justicia a causa de los daños y perjuicios sufridos en el turismo incautado por la Guardia Civil y su utilización provisional por el equipo de delincuencia organizada.MÁS INFORMACIÓN noticia No Siguen la pista al conductor que atropelló a un niño en Valencia con las cámaras de tráfico de otros municipiosLos hechos, recogidos por el Consejo General del Poder Judicial en su informe, trazan el punto de partida de la cronología en el 13 de julio de 2018, cuando se detuvo a un hombre durante una persecución en Castellón, tras la que se incautó el coche que conducía. No obstante, a diferencia con lo publicado anteriormente , el citado BMW no era propiedad del arrestado , como constata el fallo de la AN.Mediante el oficio practicado por la Benemérita el 16 de julio del mismo año, se informaba de su traslado al depósito de una empresa encargada de custodiar vehículos vinculados a procesos judiciales, en cuyo informe se decía expresamente que «el reseñado está en perfectas condiciones técnicas y es apto para la circulación por carretera».Así pues, días más tarde, el Equipo de delincuencia organizada y antidroga de la Guardia Civil se interesó por la utilización provisional del vehículo, petición a la que se opuso la defensa del propietario del mismo. Pese a ello, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Nules , acordó autorizar el uso del vehículo por este equipo del instituto armado, siendo desestimado el recurso presentado en la Audiencia Provincial de Castellón.En mayo de 2019 fue retirado de las instalaciones de la empresa de depósitos «en perfecto estado de utilización y mantenimiento». En aquel momento, la misma compañía adujo que el automóvil requirió de mantenimiento y avisó que como todos los coches, sería necesario próximamente un cambio de aceite para evitar que el motor se rompiera.Vehículo de alta gama valorado en 60.000 euros«Debe tenerse en cuenta que se trataba de un vehículo de alta gama, cuyo precio de venta al público asciende a más de 60.000 euros, dotado de una tecnología que avisa al conductor de la necesidad de reponer aceite en el motor, relata la sentencia. Pese a ello, los agentes de la Guardia Civil »hicieron caso omiso« y siguieron utilizándolo. A consecuencia de ello, el motor se quedó sin aceite, gripó y la biela atravesó la caja de cambios quedando totalmente inservible.Ello dio lugar a que se solicitara a la misma empresa que procediera a depositar de nuevo el coche junto a otros dos explicando que «no son aptos para la circulación por carretera y se encuentran depositados en dependencias oficiales de la Comandancia de la Guardia Civil de Castellón».MÁS INFORMACIÓN noticia No Alerta por el timo del ‘vecino enfermo’: así estafó un joven miles de euros a 26 ancianos en ValenciaLa mentada empresa fue a recogerlo e hizo varias fotografías en las que se aprecian daños en el interior y en el exterior, los cuales no constaban en las primeras tomadas y que eran consecuencia del « uso descuidado » que se había realizado.Asimismo, en dichas imágenes también se podía comprobar como la ventanilla estaba bajada, lo que ha conllevado que la lluvia, humedad, calor y suciedad entraran dentro y dañaran el tapizado. «Se aprecian daños en el exterior en el parabrisas, capó, paragolpes, faros delanteros, aletas y puertas derechas e izquierdas, paragolpes trasero, faros traseros, llantas y tapacubos y techo/capota. Respecto del interior, se indican daños en el salpicadero y en el guarnecido de puertas», detallaba el documento.Lo encontró con el motor roto y lleno de suciedadEntonces, tras finalizar el procedimiento judicial, el juzgado dictó diligencia de ordenación en la que se acordaba la devolución del vehículo a su legítimo propietario. Lo encontró con el motor roto y lleno de polvo, agua y suciedad, ya que había estado más de seis meses con las ventanillas bajadas en un descampado , ocasionando ello que el tapizado y el resto del interior estuviera completamente destrozado.Con todos estos datos, tras aportar documentación los suficientemente acreditativa, reclamó un total de 18.120 euros por los daños mencionados conforme al presupuesto de reparación elaborado por un taller mecánico. Finalmente, la Audiencia Nacional estima que existe un « anormal funcionamiento » de la Administración de Justicia al entender que queda constancia de que el vehículo fue intervenido por el órgano judicial y fue autorizada judicialmente su utilización por efectos policiales.«Los daños reflejados son consecuencia de una desatenta y muy descuidada función de custodia y conservación del vehículo incautado y cedido en uso a la Guardia Civil. Desde luego, la rotura del motor por no cambiar el aceite supone una negligencia de orden mayor ; y los deterioros en el exterior del vehículo (roces y arañazos, no existentes anteriormente, entre otros, en capó, paragolpes y faros delanteros y traseros) e interior (tapicería y otros) no son achacables a un deterioro inherente al tiempo transcurrido, sino al poco o nulo cuidado en el uso del vehículo y a la dejación que supone dejarlo en el depósito con las ventanillas bajadas», valora el juez.

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