El TSJ ordena enseñar el 25% mínimo en castellano en un colegio de Valencia tras el recurso de una alumna

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El TSJ ordena enseñar el 25% mínimo en castellano en un colegio de Valencia tras el recurso de una alumna

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ( TSJCV ) ha ordenado en un auto que un centro educativo de Secundaria imparta un mínimo del 25% de las clases en castellano como lengua vehicular tras un recurso presentado por el padre de una alumna, como medida cautelar mientras se resuelve el contencioso.La medida se aplicará a toda la clase , no sólo a esta adolescente, de forma que se garantice una « enseñanza bilingüe », según consta en el auto judicial, difundido por la asociación Hablamos Español , que ha asesorado a esta familia y ha celebrado este primer fallo favorable.Literalmente, se acepte la petición de de que «este tribunal ordene a la demandada que adopte las medidas necesarias para que mientras se tramita el presente recurso, la hija del actor [denunciante], juntamente con sus compañeros, una enseñanza bilingüe, esto es, una enseñanza conjunta en la que el castellano sea utilizado como lengua vehicular al menos en el 25% del horario lectivo».MÁS INFORMACIÓN noticia No El niño de Valencia que suspendió un examen con un nueve por hacerlo en castellano pedirá revisión de notas a final de cursoAhora, es la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte quien debe hacer que el denominado Proyecto Lingüístico del Centro (PLC) en el colegio público CEIP Guillem d’Entença (El Puig se adecue a la legalidad, como Administración competente, que había desestimado por silencio administrativo la petición inicialmente.«Es el primer caso del 25% que se judicializa en la Comunidad Valenciana», han destacado desde Hablamos Español, además de felicitarse porque «esta familia valenciana no sólo va a ver reconocido su derecho a tener una asignatura troncal en español, sino que el tribunal ha concedido la aplicación de las medidas cautelares, de manera que habrá de aplicarse inmediatamente para esta niña y para toda su clase».Desde el TSJCV, han precisado que la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado la medida cautelar instada por el padre de esta alumna en la localidad valenciana de El Puig y ha ordenado a la Administración que «adopte las medidas necesarias», así como que «el auto, fechado el pasado viernes, no es firme y puede ser recurrido en súplica en el plazo de cinco días».Según consta en este documento, al que ha tenido acceso ABC , el contencioso se presentó en febrero de este año, pero su origen está en la anterior legislatura , cuando gobernaba la Generalitat Valenciana el socialista Ximo Puig en coalición con Compromís y Podem.El padre de la alumna había registrado un escrito anteriormente, el 10 de julio de 2023, pero la Abogacía de la Generalitat aportó una resolución del 21 de abril de 2022 de la directora territorial de Educación que autorizaba el Proyecto Lingüístico del Centro (PLC) para el curso 2022-2023, en el que ya estaba incluido ese mínimo para la enseñanza en castellano.«No nos conformamos con el 25%»«En Hablamos Español no nos conformamos ni de lejos con la aplicación de este 25% y defendemos que se implante un sistema de líneas en cada idioma, igual que el de todos los países con más de una lengua oficial», han anticipado desde la entidad que preside Gloria Lago , quien ha subrayado, además, que a su juicio «la igualdad entre españoles en asuntos tan básicos como este, no existe, porque lo que se le niega a un niño de Baleares se le concede a una niña de Valencia». Se ha referido así a otro fallo judicial en el archipiélago en sentido contrario por un caso idéntico, que también ha hecho público este lunes.No obstante, esta asociación resalta que esta resolución, aunque de momento sea una medida cautelar, «es de gran importancia, por lo que supone para la lucha de esta familia y de otras muchas y porque es un espaldarazo al Estado de Derecho». Y augura una proyección trascendental: «Además, nos pone en bandeja jurisprudencia que será muy útil de cara a futuros procedimientos y a los que tenemos en diferentes fases judiciales en otras comunidades autónomas».

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