La concesión de Hacienda propia a Cataluña para la recaudación de todos sus tributos que el Gobierno de Pedro Sánchez ha acordado con ERC para convertir a Salvador Illa en el próximo presidente de la Generalitat podría atentar contra varios artículos de la Constitución , según advierten varios juristas consultados por ABC. Así, el constitucionalista Carlos Vidal de la UNED subraya que ese pacto no es compatible con la Carta Magna, que prevé como única excepción al régimen común de financiación la Disposición Adicional Primera, que ampara a Navarra y País Vasco, que por eso mantienen el concierto económico. El resto de las comunidades autónomas son de régimen común, conforme a los artículos 156 a 158 de la Constitución, apunta. Para poder llevar a la práctica un concierto catalán , no solamente habría que reformar la Ley Orgánica de Financiación de las Conunidades Autónomas (LOFCA), sino también incluir en la propia Constitución esta nueva excepción, señala Vidal.A su juicio, el acuerdo vulnera el principio de solidaridad, cuya manifestación más relevante en la Constitución, dice, es en el ámbito económico. Y vulnera también el principio de ordinalidad, básico en el régimen de financiación y que ha sido respaldado por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional . Además, la negociación no puede ser unilateral, sino multilateral, como ha reiterado también el Tribunal Constitucional. El órgano de garantías sostiene que la suficiencia financiera de las comunidades autónomas se alcanza en gran medida a través de impuestos cedidos por el Estado y otras participaciones en ingresos de este último (art. 157.1 CE), por lo que es evidente que las decisiones tendentes a garantizarla «han de adoptarse con carácter general y de forma homogénea para todo el sistema y, en consecuencia, por el Estado y en el ámbito estatal de actuación», no siendo posibles «decisiones unilaterales que (…) tendrían repercusiones en el conjunto (…) y condicionarían las decisiones de otras Administraciones Autonómicas y de la propia Administración del Estado».Resulta, por tanto, necesario, apunta Vidal, que este tipo de decisiones, cuya determinación final corresponde a las Cortes Generales, se adopten en el órgano multilateral (en este caso, el Consejo de Política Fiscal y Financiera ) en el que el Estado ejercita funciones de cooperación y coordinación. En esta línea, este jurista recuerda que la Constitución impone al Estado «la garantía de la realización efectiva del principio de solidaridad velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español ». Debe excluirse, por tanto, dice, que como consecuencia de su aportación a la solidaridad con una comunidad más necesitada, la comunidad que aporte quede finalmente en peor condición de la que tenía al principio. Porque entonces esa contribución «dejaría de ser solidaria y servir al fin del equilibrio para propiciar, en cambio, un desequilibrio de orden distinto al que se pretende corregir». Noticia Relacionada estandar Si ERC solo asegura la elección de Illa en la investidura y exigirá más al PSC para mantener la legislatura Salvador Sostres La Generalitat de Cataluña calcula que recaudará unos 60.000 millones de euros, a los que restará un cupoEl también catedrático de Derecho Constitucional Roberto Blanco de la Universidad de Santiago de Compostela coincide con su colega en la posible inconstitucionalidad del acuerdo porque en la Carta Magna «no existe cobertura alguna para dar un tratamiento singular y privilegiado a la financiación de Cataluña». En todo caso, advierte, las Cortes deben proceder a reformar la ley orgánica de financiación de las Comunidades Autónomas. Al ser una ley orgánica, y en el caso de que el Congreso la apruebe por mayoría absoluta, podrán presentar recurso de inconstitucionalidad tanto los gobiernos y parlamentos autonómicas, como 50 diputados del Congreso o del Senado.Por su parte, el profesor de Constitucional de Cunef Daniel Berzosa prefiere esperar a que el acuerdo político alcanzado entre ERC y el PSOE se plasme en normas jurídicas para emitir su juicio ya que «lo que ahí aparece como deseo y voluntad políticos, no se construye jurídica, ni fácticamente de hoy para mañana». En esta línea, advierte de que el acuerdo «pretende una cuadratura del círculo de muy, muy difícil encaje constitucional» y plantea sus dudas respecto a que «sea posible configurar un modelo que responda no ya del todo, sino en cierto modo a lo que se dice en el acuerdo que se ajuste a la Constitución y a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en torno a la financiación de las comunidades autónomas a partir de la Ley Orgánica de Financiación Autonómica». En este caso, coincide en que la manera de vehiculizarlo sería una reforma de esta última ley mientras que «si lo que se pretende, por ejemplo, es copiar el régimen de los territorios históricos que conforman el País Vasco y Navarra, solo cabría mediante una reforma de la Constitución».Por su parte, Josu de Miguel, profesor titular en la Universidad de Cantabria, considera que, más que un problema de constitucionalidad inicial, la principal duda jurídica reside en el procedimiento que se va a seguir, puesto que cualquier cambio en el sistema de distribución de recursos del sistema autonómico se tiene que hacer a través de la LOFCA . Es en este punto donde el acuerdo tambalea, incide el jurista, ya que la minoría del Gobierno y el nacionalismo en el Consejo de Política Fiscal hace «muy complicado» el cumplimiento de lo pactado. En cualquier caso, De Miguel insiste en que, para mayor claridad, garantía y seguridad jurídica, «debiera de hacerse mediante reforma constitucional y el acuerdo de todos».

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