Desde que el exvocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) José María Macías aterrizó en el Tribunal Constitucional , las maniobras para intentar apartarle del Pleno que tiene que estudiar la posible inconstitucionalidad de la amnistía han sido continuas, también desde dentro del propio tribunal, donde magistrados del sector conservador han cuestionado la forma en la que el presidente, Cándido Conde-Pumpido , ha gestionado la resolución de las recusaciones para garantizar la mayoría progresista en la resolución de esta polémica ley. Tras el rechazo a la recusación de este magistrado por parte de la Abogacía del Estado en el recurso de inconstitucionalidad del PP (fue extemporánea porque se adelantó a la admisión del recurso), la próxima que puede tener visos de prosperar es la promovida por la Fiscalía, en este caso en el marco de la cuestión de inconstitucionalidad que en julio presentó la Sala Segunda del Tribunal Supremo contra el artículo 1 de la ley. En su último Pleno, el TC acordó iniciar la tramitación de este incidente de recusación y dio un plazo de tres días a las partes para que manifestaran si se adherían u oponían al escrito que el propio fiscal general, Álvaro García Ortiz, firmó de su puño y letra.Noticia Relacionada tribunal constitucional estandar Si El PP acusa a Pumpido de «acallar al que no siga el discurso sanchista» Emilio V. Escudero Cuca Gamarra, secretaria general del PP, se muestra indignada por el frenazo de Conde-Pumpido a la ponencia de la Ley de Memoria Democrática de las Cortes de AragónSegún ha podido saber ABC de fuentes del tribunal, la Abogacía del Estado ha solicitado adherirse al escrito de la Fiscalía. No así el Senado, que, sin necesidad de entrar en el fondo del asunto, se opone en sus alegaciones a esta recusación al considerar que se presentó fuera de plazo.Así lo asegura el letrado de las Cortes Francisco Javier de Piniés en un escrito al que ha tenido acceso este diario. En él recuerda que el plazo legal de diez días en el que se debió promover esta recusación (se hizo el 19 de septiembre) se ha excedido con creces pues ese plazo no empezó a contar el 6 de septiembre -día en el que produjo la ceremonia de toma de posesión, aplazada hasta ese momento para poder celebrar el acto solemne junto a autoridades, familiares y amigos -, sino el 31 de julio. Fue ese día cuando formalmente Macías tomó posesión de su cargo «con efectos administrativos y jurídicos». Prueba de ello, argumenta, es que esa misma jornada, «habiéndose producido el nombramiento y toma de posesión del magistrado, se adoptó el acuerdo sobre composición de la Sala Primera y de la Sección Segunda del Tribunal», que pasaron a estar integradas por Macías, tal y como publicaba el BOE del pasado 7 de agosto.La toma de posesión del vocal del Consejo a las puertas de agosto fue, además, pública y notoria, pues de ella informó puntualmente la Oficina de Prensa del Gabinete del Presidente en una nota fechada el 29 de julio, dos días antes de ese acto de toma de posesión que si bien no tuvo la solemnidad del acto de septiembre (imposición del collar y la medalla del tribunal en un salón a rebosar), fue en realidad el «verdadero».Actuación como vocalA ello se suma, continúa el escrito, que la causa de recusación por la que la Fiscalía quiere apartar al magistrado era anterior a la integración de Macías en el Pleno. Esta causa se basa en su «intervención», en calidad de vocal del CGPJ, en la deliberación, defensa y aprobación de dos textos diferentes, elaborados y publicados por el Pleno » del Consejo. El primer texto es la declaración institucional aprobada por mayoría el 6 de noviembre de 2023, que consistió en un pronunciamiento sobre la constitucionalidad de la ley de amnistía cuando el Gobierno la acababa de anunciar y se desconocía su contenido; el segundo es el acuerdo adoptado por el Pleno del CGPJ en su reunión del 21 de marzo por el que se aprobó el informe sobre la proposición de ley de amnistía que le había solicitado el Senado.El movimiento de García Ortiz al recusar a Macías se producía apenas una semana después de que el Pleno del TC admitiera la abstención del magistrado y exministro Juan Carlos Campo en esta cuestión de inconstitucionalidad procedente del Supremo y que había dejado al tribunal con once de sus miembros : seis progresistas y cinco conservadores. Si ahora la mayoría progresista acepta la recusación del magistrado, el tribunal se quedará en un 6-4 a favor de esa mayoría progresista, con lo que el resultado a favor de la constitucionalidad de la ley podría ser más holgado.Señala el fiscal general que la recusación de Macías «no se funda en la emisión de sus opiniones, ni en la relevancia o trascendencia pública, entiéndase en el sentido de mediática, social o política, de sus posiciones, por más que estas hubieran podido llegar a generar en ciertos sectores de la sociedad la percepción de una convencida y activa beligerancia contra la ley cuya constitucionalidad ahora está llamado a enjuiciar ». Se trata, dice, de que este magistrado «tuvo participación directa en determinadas actuaciones oficiales de dicho órgano constitucional que comportan una extensa, razonada, reiterada, detallada y categórica valoración de la ley de amnistía cuya constitucionalidad ahora se somete a escrutinio del Tribunal». En una situación similar se encontraba Concepción Espejel cuando pidió abstenerse de la sentencia del aborto por haberse posicionado en contra siendo vocal del CGPJ y la mayoría progresista del TC le impidió hacerlo.
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