La última exigencia del prófugo Carles Puigdemont , que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se someta a una cuestión de confianza, se ha convertido en todo un culebrón en el Congreso de los Diputados. Junts per Catalunya, el partido del expresidente autonómico, registró una proposición no de ley (PNL) para instar al jefe del Ejecutivo a someterse a dicho examen. Fuentes jurídicas, como adelantó ABC, desvelaron las dudas legales sobre la iniciativa y fuentes parlamentarias la dieron por condenada la semana pasada. Ahora, en un informe de catorce páginas, los letrados de la Cámara Baja dejan en manos de la Mesa su admisión o inadmisión a trámite, presentando argumentos favorables a ambas opciones.La nota informativa, incluida en el índice rojo del orden del día de la Mesa del Congreso, que se reunirá este martes, está fechada este lunes, 16 de diciembre, y abre la puerta a que la proposición no de ley se acepte a trámite, algo que la semana pasada parecía totalmente descartado . Los servicios jurídicos de la Cámara Baja recogen precedentes favorables a aceptar esta iniciativa, pero también otros contrarios a ello. En cualquier caso, no encuentran ningún caso equiparable al actual: «No constan en la cámara precedentes de iniciativas que pretendan que la cámara se pronuncie solicitando al presidente del Gobierno que plantee la cuestión de confianza».Según establecen tanto la Constitución como el Reglamento del Congreso, solo el presidente del Gobierno puede someterse a una cuestión de confianza, previa deliberación del Consejo de Ministros. El debate jurídico radica en si la mera solicitud de que el jefe del Ejecutivo dé ese paso supone, en caso de ser aprobada, la plasmación de la pérdida de confianza sobre su gestión, algo que solo puede vehicularse a través de una cuestión de confianza —a petición propia— o de una moción de censura —por iniciativa de un diez por ciento de los diputados—.Noticia Relacionada estandar Si Primera baja tras la victoria de Junqueras: «ERC es hoy un partido carcomido» Daniel Tercero Segarra, uno de los miembros del colectivo más radical de ERC, rompe el carné del partido y acusa a Junqueras y Puigdemont de continuismo: «Pretenden instalarnos en una especie de día de la marmota»Las proposiciones no de ley son iniciativas no vinculantes que carecen de efectos jurídicos, pero existen antecedentes de propuestas similares rechazas por suponer «una moción de censura encubierta». En el informe de los letrados se recogen ejemplos de inadmisión a trámite o reformulación de iniciativas que pedían al Gobierno realizar actuaciones competencia de las Cortes Generales, PNL que se refieren a cuestiones que son competencia de la Mesa, las dirigidas a entes territoriales y las que pretenden ejercer una suerte de control sobre el Rey o la Casa Real.El documento remitido a la Mesa señala precedentes en los que se rechazaron mociones y propuestas de resolución que pedían reprobar la gestión del presidente del Gobierno en la VI y la VII Legislatura; propuestas de resolución y mociones contra el Ejecutivo en su conjunto en la VII Legislatura; una PNL de reprobación del Gabinete en la VIII Legislatura; y los puntos 8 y 9, como publicó este diario la semana pasada, de una moción que rechazaba y deploraba que el presidente hubiese faltado a la verdad y le instaba a asumir responsabilidades políticas.No obstante, los letrados ponen también ejemplos de precedentes en sentido opuesto: en la XII Legislatura, se incluyó una moción de Ciudadanos en la que se instaba al Gobierno a convocar elecciones —algo que también es prerrogativa del presidente—; y en esta legislatura, hay una proposición no de ley de Vox donde se pedía la dimisión del presidente y la convocatoria de elecciones. No obstante, también en la presente legislatura se rechazó una enmienda de Vox a una moción en la que reclamaba que el Ejecutivo propusiese al Rey la disolución de las Cortes Generales y convocar comicios.«Matiz significativo»Los servicios jurídicos de la Cámara Baja plantean un «matiz significativo» en este caso respecto a los precedentes analizados: «Una cosa es pretender que la cámara ejerza una competencia propia —exigir la responsabilidad política— por un cauce distinto al previsto —la moción de censura—, y otra es instar al presidente del Gobierno a que ejerza una competencia que es suya —plantear una cuestión de confianza—, lo que no deja de ser la esencia misma de una proposición no de ley, con independencia, ahora, de cuál sea esa concreta competencia».Pero los letrados plantean otro punto de vista, coincidente con el criterio expresado por distintas fuentes jurídicas a ABC: «La otra forma de abordar el análisis de la propuesta es entender que la Mesa debe rechazar aquellas proposiciones no de ley que pongan en cuestión la relación de confianza existente entre el Congreso de los Diputados y el Gobierno. En la medida en que los instrumentos a través de los cuales esta confianza se crea y se destruye se encuentran estrechamente tasados en la Constitución (la investidura, la moción de censura y la cuestión de confianza) y que las facultades tanto del Poder Legislativo como del Ejecutivo se encuentran fijadas con precisión para cada órgano constitucional».En definitiva, los servicios jurídicos del Congreso concluyen: «No habiendo precedentes de proposiciones no de ley similares a la que ahora nos ocupa, corresponde a la Mesa fijar un criterio, que probablemente servirá como referencia para la decisión en torno a la admisión a trámite de otras iniciativas de control en el futuro».
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