La Audiencia Nacional pone en libertad condicional a Luis Bárcenas

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La Audiencia Nacional pone en libertad condicional a Luis Bárcenas

El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional ha concedido la libertad condicional al extesorero del PP condenado en el caso Gürtel, Luis Bárcenas, una vez ha cumplido las dos terceras partes de su condena, ha pagado la responsabilidad civil en su totalidad, ha mostrado su arrepentimiento y se ha sometido a programas para presos sentenciados por delitos económicos. Llevaba varios meses ya en tercer grado.La decisión se acuerda a propuesta de la Junta de Tratamiento del Centro de Inserción Social Victoria Kent y con el aval de la Fiscalía, que no se opuso considerando que el pasado 20 de septiembre cumplió las dos terceras partes de su condena y se daban el resto de requisitos legales, incluido el pago de más de cuatro millones y medio de euros en responsabilidad civil. En un auto notificado este martes, el magistrado razona además, que en septiembre de 2025 habrá rebasado tres cuartas partes de la pena y que en tres años la habrá zanjado en su totalidad. Señala que ha pesado también en su favor que consta arrepentimiento y reconocimiento de los hechos, un el estilo de vida positivo, ausencia de trastornos psicopatológicos y la elevada tolerancia a la frustración.Noticia Relacionada estandar Si El Supremo confirma la condena al PP como responsable civil subsidiario en los ‘papeles de Bárcenas’ Nati Villanueva Rebaja la condena del extesorero del PP de 2 años a 8 meses por dilaciones indebidasTambién valora que ha realizado el programa PIDECO para internos condenados por delitos económicos, que está motivado al cambio, al aprendizaje y al desarrollo personal, que no ha faltado a ninguna de las sesiones, que ha participado activamente en las reuniones, ha sido solidario con sus compañeros, se ha mostrado franco y ha realizado todas las tareas requeridas con actitud crítica y reflexiva, conforme detalla el auto. Los años transcurridos impiden la reiteraciónEn su contra, la reiteración delictiva, la gravedad de los delitos, la alarma social y el tiempo de condena pendiente de cumplimiento. Sobre el primero, ya el tribunal sentenciador lo tuvo en cuenta al imponer la pena y la evolución desde entonces ha sido positiva. Respecto a la reiteración delictiva, señala que debe valorarse hacia un pronóstico de futuro y resulta prácticamente imposible que, a día de hoy, el interno reitere los delitos dados los años transcurridos. En cuanto a la alarma social, entiende que queda rebajada de forma notoria por la antigüedad de los hechos y el pronóstico favorable de reinserción. Por último, sobre el tiempo pendiente de cumplimiento, explica que tanto la actitud de Bárcenas como el buen uso de los permisos de salida, así como su paso por el régimen 100.2 y el tercer grado, «permiten junto con el resto de variables considerar que es el momento adecuado para acceder a la libertad condicional que se propone».Tendrá no obstante que fijar domicilio y comunicar cualquier cambio al juzgado, así como presentarse ante los servicios sociales del CIS y continuar con su actividad laboral.

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