El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha publicado la primera entrega del índice de referencia de arrendamientos de vivienda (IRAV), el nuevo indicador que se usará para calcular las subidas de precio que se aplican anualmente a los arrendamientos para actualizarlos a la inflación. Hasta ahora estas actualizaciones se hacían a partir del último dato del IPC, pero en enero ha entrado en vigor el sustituto. El IRAV se estrena en el 2,20%, dos décimas por debajo de la inflación del mes de noviembre. Así las cosas, los contratos que se renueven en enero subirán por debajo del IPC. Precisamente, el objetivo de este nuevo mecanismo, que está entre las medidas que entraron en vigor con la nueva Ley de Vivienda, es evitar «incrementos desproporcionados en la renta de los contratos de arrendamiento» -se lee en el texto- en contextos de elevada inflación.Ahora bien, solo usarán el nuevo índice los contratos de alquiler que vayan a actualizarse a partir de 2025 y que hayan sido firmados desde la entrada en vigor de la Ley de Vivienda, el 25 de mayo de 2023. A partir de ahí, cada mes se publicará de nuevo el dato para los sucesivos contratos que vayan cumpliendo un año. Los contratos anteriores a mayo de 2023, y el matiz es importante, seguirán revisando su renta a partir del valor general del IPC. Noticia Relacionada AÑO NUEVO estandar Si La vivienda será más cara y subirán la luz y la cesta de la compra Raúl MasaA diferencia del antiguo, el nuevo índice se define a partir de una mezcla del IPC, la inflación subyacente y las diferencias entre las tasas de crecimiento anual tanto del IPC como de la inflación subyacente de cada mes. A esto se añade un coeficiente moderador definido por el Ministerio de Economía y que toma en consideración las circunstancias del mercado del alquiler de vivienda. Según los cálculos que ha realizado el departamento que dirige Carlos Cuerpo, esta fórmula hará que no se sobrepase la tasa mensual del IPC y se moderen las subidas de los contratos cuando estas superen el 2%.Hay que recordar, no obstante, que para que un arrendatario pueda actualizar el alquiler hay una serie de requisitos que debe cumplir, unos que ya estaban vigentes porque figuran en la Ley de Arrendamientos Urbanos. Lo más importantes, que el contrato del alquiler debe incluir una cláusula que especifique que el precio se podrá actualizar cada año , y también, que los caseros deben avisar al inquilino de que la renta se actualizará con un mes de antelación. Hasta que el índice que se ha estrenado hoy estuvo creado, y en medio de la crisis inflacionaria derivada de la guerra de Ucrania, entre abril de 2022 y el 31 de diciembre de 2023 las actualizaciones estuvieron topadas al 2% , y en el último año lo han estado al 3% . Claro está, este tope quedó obsoleto en julio de 2024, cuando el IPC volvió a estar por debajo del 3%. Y ahora, con una inflación que en diciembre cerró en el 2,8%, llega este nuevo mecanismo, que ha sido recibido con escepticismo por las empresas del sector inmobiliario. Según explicó a ABC Ferran Font, director de estudios del portal inmobiliario pisos.com, la nueva referencia podría desalentar la entrada de nuevas viviendas al mercado y agravar aún más la crisis de vivienda.
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