Si el de Samuel Luiz fue uno de los crímenes más mediáticos de los últimos años en España no fue sólo porque el joven coruñés fue víctima de una paliza grupal, brutal y gratuita, sino también por los posibles tintes homófobos del asesinat o . El jurado tuvo claro que el odio hacia los gays que predicaba Diego Montaña, el principal condenado, estaba detrás de una agresión que acabó siendo mortal. Pero ahora, la presidenta del tribunal va incluso más allá en la sentencia que traduce a penas de cárcel el veredicto.«La animadversión y desprecio del acusado hacia la identidad sexual que atribuyó a Samuel Luiz fue el elemento trascendente que determinó su actuación », concluye en su sentencia la magistrada de la Audiencia Provincial de La Coruña Elena Pastor Novo en relación al agravante por discriminación sexual que provoca que la pena impuesta a Diego Montaña por el asesinato -con alevosía- se eleve hasta los 24 años de prisión.Noticias relacionadas estandar Si Las preguntas al jurado del crimen de Samuel Luiz: del alcohol a la intención de matar Jesús Hierro estandar Si La letra pequeña del veredicto del caso Samuel Luiz: la fiscal impone su tesis pero se le escapa la única acusada Jesús HierroEn prácticamente todas las crónicas que guardarán las hemerotecas se recogerá que fue una confusión a las puertas de un pub del paseo marítimo de La Coruña, próximo a Riazor, el detonante de la agresión que la madrugada del 3 de julio de 2021 acabaría con la vida de Samuel Luiz. Diego Montaña pensó que el joven enfermero de 24 años, que estaba allí con una amiga y al que no conocía de nada, le estaba grabando con el teléfono móvil, pero en realidad lo que hacía era una videollamada con otra amiga que aquella noche no había salido de fiesta.Los insultos de MontañaTras gritarle, «deja de grabar, a ver si te voy a matar, maricón», Montaña se abalanzó sobre Samuel Luiz y comenzó una agresión a la que inmediatamente se unieron varios jóvenes, entre ellos los otros cuatro condenados por el asesinato : Alejandro Freire, alias ‘Llumba’; Kaio Amaral Silva, y otros dos chicos que entonces eran menores de edad, y que por eso fueron sentenciados en un proceso al margen. Un quinto joven, Alejandro Míguez, fue también condenado por el asesinato, pero en su caso no como autor del crimen sino como cómplice.El episodio de la confusión con la videollamada quedó totalmente acreditado en el juicio con la declaración de varios testigos y refrendado luego por el veredicto condenatorio del tribunal ciudadano. Pero ahora la magistrada, en su sentencia, va un paso más allá poniendo énfasis en un hecho trascendente pero que había pasado casi desapercibido sobre «el contexto en el que se produce la agresión». Porque, dice la magistrada, si bien «el inicio de la discusión fue por una videollamada», esa confusión fue «aclarada» antes de que Diego Montaña se abalanzase sobre Samuel Luiz.Y es que la novia de este acusado, Catherine Silva, que fue juzgada por el crimen pero finalmente absuelta, y que estaba con él en el paseo marítimo, le dijo inmediatamente en aquel momento a Montaña que no le estaban grabando. Pero, «a pesar de eso, él no se marchó y se abalanzó sobre Samuel Luiz, empezando a darle puñetazos». Aunque sabía ya que no le estaban grabando , Montaña «quiso insistir e ir a por este chico». Por eso, la magistrada, en la línea de lo que concluyó el veredicto, pero con una argumentación más profusa, sostiene que lo que «desencadenó la reacción totalmente agresiva contra Samuel» no fue la confusión de la videollamada, sino la «animadversión» hacia la homosexualidad que Montaña le atribuyó a la víctima por su apariencia física.«Si la causa de la agresión hubiera sido la videollamada, el acometimiento a Samuel Luiz se habría producido directa e inmediatamente tras subir Diego Montaña la bancada. Es tras la respuesta de Samuel, y una vez aclarado el incidente, cuando Diego, sin duda guiado por sus propios prejuicios , interpreta que Samuel es homosexual y es cuando se abalanza sobre él», describe la magistrada en el fallo.Más elementos sobre los que se sustenta la conclusión de que fue la «animadversión hacia la homosexualidad» lo que «desencadenó» el ataque de Montaña a Samuel Luiz: la expresión homófoba que acompañó a la amenaza de muerte -« deja de grabar, a ver si te voy a matar, maricón »-, ya de por si «claramente vejatoria», pero que además no debe valorarse «de manera aislada» como si solo fuera un insulto. Y es que «ha de ponderarse en el contexto en el que se produce, con inmediatez al ataque», dice la jueza.Pero el veredicto -y la sentencia- tienen en cuenta también las «despiadadas y viles expresiones» que pronunció Montaña esa noche después del ataque mortal y que fueron escuchadas por varios testigos, tales como «se lo merecía por maricón», «quien le mandaba al maricón de mierda meterse en eso», «no quiero que me confundan con un maricón de mierda» o «no me gustan los maricones pero los respeto». La magistrada tiene claro que todo ello en su conjunto demuestra una «auténtica declaración de intenciones» por parte de Diego Montaña, y confirma «la animadversión y desprecio del acusado hacia la identidad sexual que atribuyó a Samuel».La magistrada ha impuesto penas de cárcel de entre 10 y 24 años de cárcel por el crimen a Llumba, Kaio Amaral, Alejandro Míguez -en su caso la menor, como cómplice-, pero sólo a Diego Montaña atribuye el agravante de discriminación, abocándolo a la pena mayor de los cuatro condenados.
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