La proposición de Ley Orgánica que ha presentado el PSOE para cercenar la acusación popular pone en riesgo la acción penal de las asociaciones de víctimas del terrorismo porque excluye estos delitos , a excepción del enaltecimiento, del listado de aquellos en los que sí se pueden personar para impulsar el procedimiento.En concreto, la iniciativa recoge que la acción popular sólo podrá ejercerse en relación con una batería de delitos en los que sólo figuran, en materia de terrorismo, el enaltecimiento y la justificación de este fenómeno. Queda fuera así la posibilidad de que una asociación acuse en calidad de popular en un secuestro, un asesinato, en lesiones o estragos terroristas, por ejemplo.No es una idea original del Grupo Socialista actual. Todo el enunciado de delitos, como también la modificación clave que restringe la acción popular, está extraída del anteproyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , el mismo que lleva en elaboración desde que fue presentado por el entonces ministro Juan Carlos Campo en 2020 recogiendo ya los borradores elaborados por los dos ejecutivos anteriores.Noticia Relacionada estandar Si Sánchez lanza una reforma legal para salvar a Begoña Gómez y a Puigdemont Juan Casillas Bayo El PSOE registra una proposición de ley para amordazar a jueces y acusaciones populares en plena investigación del entorno político y familiar del presidenteHay, en ambos textos, no obstante un resquicio. Dependerá de los jueces cómo interpretarlo, ya sea porque el PSOE consiga sacar adelante esta iniciativa, ya sea cuando definitivamente vea la luz una nueva Lecrim. La acción popular se define en ambos textos como la que despliegan los que no han sido directamente ofendidos por el delito.Si la Judicatura establece que una asociación de víctimas en general del terrorismo, puede considerarse ofendida o perjudicada de un atentado concreto, se les abriría la puerta a ejercer la acusación particular, que es la que despliega quien sí ha sido directamente perjudicado por el hecho delictivo. Esa víctima, no obstante, tendría que autorizarlo. Y eso, en caso de que la haya, porque tampoco incluye ese listado otros fenómenos que son el día a día de la Audiencia Nacional, como el autoadoctrinamiento yihadista.De ahí que el despliegue de la acción popular en este tipo de causas, especialmente en las que están durmientes por falta de autor conocido o aún de evidencias, esté amenazado . Si entra en vigor la norma, quedarían expulsadas de los procedimientos en que ejercen la acción popular y tendrían que intentar esa otra vía de destino incierto. En la Asociación Víctimas del Terrorismo ven claro que su labor, con esta reforma, «se pone en riesgo». «Desde su fundación en 1981 el trabajo jurídico de la AVT ha sido uno de sus pilares fundamentales. Tanto como acusación particular, en defensa de víctimas concretas, como popular en defensa del colectivo de víctimas en general. No hay que obviar que hay otros delitos de terrorismo que no tienen víctimas concretas como es el delito de integración o colaboración con organización terrorista y todos los delitos relativos al proceso de radicalización de los terroristas (autoadoctrinamiento, adoctrinamiento, etc) en el que es importante que las víctimas del terrorismo participen a través de la figura de la acusación popular», explica la abogada de AVT Carmen Ladrón de Guevara a ABC.Razona que además, «en muchos casos las víctimas particulares piden a la AVT que se persone en sus procedimientos como acusación popular como medida de protección y respaldo para no tener que enfrentarse en solitario a los terroristas». Califica como de «extrema gravedad lo que se propone» y avanza que elevarán «las propuestas legislativas pertinentes a los diferentes grupos parlamentarios» para evitar que esta iniciativa afecte a su trabajo de asistencia a las víctimas.Casos sin víctimasEn ese capítulo de delitos terroristas sin víctimas cabe recordar la investigación a los CDR en la Audiencia Nacional. Están acusados de terrorismo y pendientes de un juicio que ha quedado en el aire por la cuestión prejudicial que ha enviado la Sala de lo Penal al Tribunal de Justicia Europeo sobre la aplicación de la amnistía. La Fiscalía acusaba en este asunto, hasta que entró en vigor el olvido, junto a las populares. En otra batería de causas relativas a la cúpula ETA, ha sido la acusación popular que ejerce la asociación de víctimas Dignidad y Justicia la que ha empujado el procedimiento. En el caso del asesinato de Miguel Ángel Blanco , declarado prescrito por la Audiencia Nacional, son esta entidad y el PP quienes como acusación popular, han recurrido el archivo ante el Tribunal Supremo porque la Fiscalía comparte la lectura de que han vencido los plazos para perseguir a la cúpula por el secuestro y asesinato del joven concejal.
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