Magistrados del bloque conservador del Tribunal Constitucional (TC) sospechan que la mayoría progresista que lidera Cándido Conde-Pumpido va a aprovechar el recurso de amparo presentando por Eduardo Esteban contra la anulación de su nombramiento como fiscal de Sala de Menores para desautorizar al Supremo por haber tumbado éste y, posteriormente también, el ascenso de Dolores Delgado a la jefatura de la Fiscalía Togada del Alto Tribunal. En definitiva, para recortar el control judicial de los nombramientos propuestos por el fiscal general del Estado.La admisión a trámite del recurso de Esteban –lo que implica que el TC entrará a estudiar el fondo del asunto– fue acordada por el último Pleno con los votos en contra de cuatro de los cinco magistrados del bloque conservador. El quinto, César Tolosa, no participó en el debate porque se abstuvo en este procedimiento: antes de llegar al TC era presidente de la Sala Tercera del Supremo, precisamente la que anuló estos nombramientos.Una «peligrosa pendiente» En el voto particular contrario a esa admisión a trámite, suscrito por tres de estos magistrados y al que ha tenido acceso ABC, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José María Macías critican que la mayoría progresista haya considerado que el recurso de amparo de Eduardo Esteban goce de «especial trascendencia constitucional y afecte a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina en este Tribunal», justificación que sirvió también para que los recursos de los ERE pasaran el filtro de la admisión. Alertan del riesgo que supone que el TC se deslice por la «peligrosa pendiente» de convertir a la jurisdicción constitucional «en una suerte de nueva instancia revisora de lo decidido por la jurisdicción ordinaria», es decir, en una nueva instancia jurisdiccional, un reproche que no es nuevo.A tenor de los argumentos de los magistrados de la mayoría para justificar la admisión del recurso, especialmente la contundencia del presidente, Conde-Pumpido, durante su intervención en el Pleno, fuentes del sector conservador se muestran convencidas de que el Tribunal se dispone a cambiar su doctrina para sostener que el Supremo se ha extralimitado al anular estos nombramientos invadiendo una facultad que corresponde en exclusiva al fiscal general. Precisamente el argumento que empleó la magistrada Pilar Teso en su voto particular contrario a la decisión de sus compañeros de dejar a Esteban fuera de Menores. La mayoría consideró que la entonces fiscal general, Dolores Delgado, no motivó suficientemente su propuesta y que los méritos del otro candidato para esa plaza superaban con creces a los de Esteban. «Fijarse solo en el criterio de la experiencia concreta en materia de menores –argumentó Teso– supone un salto cualitativo en la jusriprudencia en lo que tiene que ver con nombramientos discrecionales (…). El Supremo no puede sustituir con carácter general el margen de apreciación del órgano decisor, fiscal general del Estado, que ejerce su potestad discrecional proponiendo al candidato que considera más capaz entre los diversos participantes». Posteriormente, con motivo de la anulación del nombramiento de Delgado al frente de Memoria Democrática –antes el Supremo ya había anulado su ascenso a la jefatura de la Fiscalía Militar por «desviación de poder» de García Ortiz–, esta misma magistrada, candidata de los progresistas del CGPJ a la presidencia de la Sala Tercera, acusó a sus compañeros de recusar a Delgado de forma «preventiva» basándose en «conjeturas y suposiciones».En el auto de admisión del recurso del fiscal Esteban, la mayoría progresista ya avanza que el estudio de este amparo permitirá «perfilar la doctrina de este tribunal en relación con una faceta novedosa del derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones públicas», en concreto la relativa a «los supuestos de anulación judicial de una promoción profesional de carácter discrecional».La doctrina que se «perfile» con Esteban se aplicaría ya directamente a Delgado , cuyo recurso es el siguiente en resolver –de hecho el Pleno de esta semana estudia su admisión– sin necesidad de mayor argumentación, como sucedió con la doctrina de la malversación de los ERE, que empezó con una condenada no muy significada para acabar aplicándose de forma directa y casi automática al resto de condenados, entre ellos a Griñán.«Discrecionalidad no es arbitrariedad», advirtió el Alto Tribunal a Delgado En la sentencia en la que el Supremo anuló el nombramiento de Eduardo Esteban como fiscal de Menores, el Alto Tribunal recordó que «es preciso motivar, y así exteriorizar, el cumplimiento de los límites a los que está sujeto el acto de elección para no incurrir en un voluntarismo que degenere en arbitrariedad». Argumentaba que la discrecionalidad de la libre designación se desenvuelve en el ámbito de la provisión de puestos entre funcionarios de carrera (en este caso los fiscales) y, por tanto, «rigen también los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad». A su juicio, Delgado no motivó su propuesta de nombramiento, cuando era evidente que los méritos del otro aspirante, José Miguel de la Rosa, eran mayores.Los magistrados del bloque conservador niegan que el Supremo haya incurrido en el exceso de jurisdicción que denuncia Esteban. «El Tribunal no invade con su decisión las facultades de valoración discrecional que corresponden al Gobierno, sino que ejerce su función de control judicial de los actos administrativos», dicen. «Exigir, como ha hecho el Supremo, una motivación administrativa suficiente (…) responde sin duda a la exigencia de cumplir el requisito de que fuera designado para cubrir esa plaza el candidato más idóneo, es decir, con más mérito y capacidad», señala el voto particular.
Leave a Reply