La número dos de García Ortiz insiste al Supremo que amnistíe la malversación a Puigdemont

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La número dos de García Ortiz insiste al Supremo que amnistíe la malversación a Puigdemont

La teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, ha pedido este lunes en el Tribunal Supremo que se estimen los recursos de los prófugos del ‘procés’ , entre ellos Carles Puigdemont, contra la negativa del juez Pablo Llarena de no aplicar la amnistía al delito de malversación, la misma decisión que tomó la Sala Penal respecto a los juzgados y condenados por este delito en el Alto Tribunal. La número dos de Álvaro García Ortiz ha acusado al Alto Tribunal de promover un «novedoso enfoque» de la malversación, de forma que se ha «inventado», ha dicho, un ánimo de enriquecimiento personal que contradice su propia jurisprudencia. «No puede defenderse que quienes fueron a la cárcel lo hicieron por enriquecimiento personal», ha señalado la fiscal, con un criterio diametralmente opuesto al mantenido por los fiscales del ‘procés’ que fueron relevados por el fiscal general precisamente por negarse a aplicar la amnistía a este delito, como terminó haciendo la Sala Penal y el instructor Llarena. La propia Sánchez Conde ha reconocido esta «falta de sintonía» con los magistrados del Tribunal especialmente, ha dicho, a raíz de los indultos, y ha defendido que la ley es aplicable a los prófugos al declarar amnistiable los gastos que fueron a sufragar la consulta siempre que no hubiera un propósito de enriquecimiento, que a su juicio, no hubo.Para la teniente fiscal, con este «novedoso enfoque » en torno al enriquecimiento personal, el Supremo contradice múltiples resoluciones dictadas por esta misma Sala Segunda, empezando por la propia sentencia del ‘procés’ en la que se dejó claro que los fondos fueron destinados a la consulta ilegal del 1-O y en ningún momento se habló de ese enriquecimiento personal. Noticia Relacionada estandar Si La Fiscalía pide que se condene a Belarra por llamar prevaricador al juez García-Castellón Nati Villanueva Tilda los insultos de la diputada de «ofensivos e innecesarios» y pide indemnizar al magistradoTampoco hubo, ha dicho Sánchez Conde en plena sintonía con la Abogacía del Estado, perjuicio alguno a los intereses financieros de la unión, una construcción «todavía más artificiosa» por parte de la Sala Penal, pues vislumbrar cómo podría haber afectado a estos intereses una hipotética independencia es una simple conjetura. Boye: «Interpretación contraria al espíritu del legislador»Por su parte, la defensa de Puigdemont, en manos del abogado Gonzalo Boye, ha defendido que ni el instructor Llarena ni la Sala Segunda del Supremo son competentes para aplicar la amnistía a los prófugos Puigdemont, Comin y Puig, sino que tiene que ser el TSJ de Cataluña, pues ninguno de los tres es aforado ante este tribunal: Puig y Puigdemont son diputados autonómicos, ha señalado, y a Comin no se le ha reconocido su condición de europarlamentario. El artículo 4 de la ley de amnistía solo deja en manos del instructor el levantamiento de las cautelares, pero Llarena no debió dictar el auto en el que rechazó aplicar la amnistía a su cliente. Para Boye, el Tribunal Supremo lleva a cabo una interpretación «contraria al espíritu del legislador», que pretendía que la amnistía abarcara «todos los hechos y actos relacionados» con el 1-O.De igual forma ha criticado que en ocho años de procedimiento (desde la apertura de la causa, inicialmente en la Audiencia Nacional jamás de hablara a la afectación de los intereses financieros de la Unión con la que ahora se pretende no aplicar la ley a la malversación del ‘procés’. «¿Cómo queréis que os recuerden?»En la misma línea que Boye, el abogado Jaime Alonso Cuevillas ha calificado de «delirante» la interpretación que el Supremo ha hecho de la malversación para no aplicar la amnistía, argumentos que no solo «atentan contra el sentido común jurídico, sino también el vulgar» pues la jurisprudencia europea al respecto es «aplastante». Apelando directamente a la responsabilidad de los miembros del tribunal, a los que ha tuteado en todo momento, ha dicho que en poco tiempo «los libros de historia explicarán que hubo un conflicto territorial y una voluntad política para normalizar la situación, pero que hubo magistrados recalcitrantes que intentaron entorpecer y obstaculizar la aplicación de la ley. En vuestras manos está cómo queréis que os recuerden» , les ha espetado. Desde Vox, acusación popular en la causa, y, tras el viraje de Abogacía del Estado y Fiscalía, la única coherente con los postulados defendidos en los últimos ochos años, la abogada Marta Castro ha mantenido que no se puede anteponer la voluntad del legislador a la interpretación que de la ley tiene que hacer el Poder Judicial. Castro ha mantenido, como la Sala Penal, que el beneficio patrimonial no se identifica exclusivamente con el mero enriquecimiento personal y que ese enriquecimiento está excluido de la aplicación de la ley.

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