Hace apenas unos años la Abogacía del Estado pasaba desapercibida en los procedimientos en los que estaba personada en defensa de los intereses generales a los que la Administración Pública en teoría debe servir. El desastre del Prestige, el 11-M, Rumasa, el juicio de la colza o la ilegalización de los herederos de Batasuna son ejemplo de ello. Sin embargo, de un tiempo a esta parte hay una percepción generalizada de que se está utilizando la institución con fines partidistas , como un bufete particular de Moncloa. Son muchos los abogados del Estado que se muestran preocupados por el deterioro del prestigio de la institución (lo mismo está sucediendo en la Fiscalía) y aunque sitúan el punto de partida de este malestar en las semanas anteriores al inicio del juicio del ‘procés’, con el volantazo que provocó la salida de Edmundo Bal por defender que la palabra violencia no podía desaparecer del escrito de acusación, actuaciones que ha llevado a cabo desde entonces no han hecho más que ahondar en el desprestigio de un cuerpo del que apenas forman parte medio millar de abogados , de los que hoy están en activo sólo algo más de 300. Del resto, la mayoría se han ido a la empresa privada. Y es que dentro del cuerpo «hay diferencias muy significativas en las retribuciones (complemento de productividad) en función de cómo te portes» , reconoce uno de estos funcionarios a ABC. Denuncia que con la estrategia del palo y la zanahoria se intenta comprar su silencio, pero las cosas al final «acaban explotando», como sucedió a raíz del pacto de Sánchez con los independentistas para amnistiar el ‘procés’. En aquella ocasión, 185 abogados del Estado coincidieron en que los acuerdos de investidura suponían la «quiebra» del Estado de derecho» y recordaban que las personas a las que se iba a aplicar la amnistía habían sido condenadas «con las máximas garantías procesales y jurídicas, tras una instrucción y un enjuiciamiento impecables» . Roto el cascarón, el abogado del Estado en el Supremo Francisco Espinosa fundaba la Asociación de Abogados del Estado por el Estado de derecho .Noticia Relacionada El abogado del novio de Ayuso estandar Si «Lo declarado por Sánchez Acera y Vallès es incompatible con el contenido del sumario» Nati Villanueva La defensa del novio de Ayuso pide una batería de diligencias sobre los móviles de los testigos, sobre los que Moncloa tendrá que dar explicacionesHasta esta asociación, nada dada a este tipo de pronunciamientos, trasladó el pasado octubre al responsable de la institución, David Vilas , su preocupación por el papel de los servicios jurídicos del Estado en la querella de Sánchez contra el juez que investiga a su mujer, Begoña Gómez, para muchos la gota que ha colmado el vaso. Según ha podido saber ABC, en la reunión extraordinaria del Consejo directivo de esta asociación, su presidenta, Lucía Pedreño , puso de manifiesto la necesidad de marcar límites sobre lo que debe entenderse como «actuación legítima» en el caso de defensa de autoridades y recalcó la necesidad de que sea la dirección del Cuerpo, y no sus subordinados, la que asuma determinados asuntos. Vilas, sustituto de la anterior abogada general, Consuelo de Castro , negó en esa reunión que la dirección de los servicios jurídicos se haya separado del concepto de «ejercicio legítimo del cargo» históricamente seguido para asumir la representación o defensa de autoridades y funcionarios públicos. Pero lo cierto es que la realidad parece otra. ¿Cuáles son esas actuaciones impropias de la Abogacía del Estado? Estas son algunas de las más llamativas.Querella en el caso Begoña Sánchez, contra el juez que imputó a su mujerLa utilización que Sánchez hizo de los servicios jurídicos del Estado para querellarse contra el juez Peinado por prevaricación por la forma que tuvo de citarle como testigo causó un enorme malestar en el propio cuerpo de funcionarios. Y tampoco pasó desapercibida para el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que sostuvo que utilizar a la Abogacía del Estado para la formulación de esa querella resultaba «extravagante». «No cabe duda de que Sánchez es presidente del Gobierno las 24 horas de todos los días que dure su mandato», pero eso no significa que, como persona, «no tenga otras facetas, también trascendentes, que le son inescindibles: como marido, como padre, como ciudadano, como individuo», señalaron los magistrados. Por tanto, «no cabe aceptar la afirmación, casi tautológica de la Abogacía del Estado, de que la inescindibilidad de la condición del presidente Pedro Sánchez» determine que «solo pueda ser llamado a declarar» como testigo en calidad de jefe del Ejecutivo. Vox se querellaría luego contra Sánchez por la «la utilización abusiva, espuria y arbitraria» de su condición de presidente del Gobierno.El fiscal general, imputado Abogacía y Fiscalía, de la mano de García OrtizTanto el fiscal general del Estado como la fiscal provincial coimputada Pilar Rodríguez tienen derecho a que les defienda un abogado del Estado, pero fuentes de los servicios jurídicos del Estado no creen que concurran los requisitos legales para hacerlo. Y ello porque la ley impone que la defensa de la Abogacía del Estado sólo se preste para «amparar conductas reconducibles al legítimo ejercicio por el investigado de sus funciones». Y entre las atribuidas al Ministerio Fiscal no está la de efectuar comunicaciones públicas que supongan revelar el contenido de un correo reservado. La actuación de García Ortiz, dicen, fue «estrictamente personal» y ajena al «legítimo desempeño de sus funciones». A ello se añade, puntualizan, que la defensa del fiscal general del Estado frente a una instrucción ejecutada por funcionarios del Estado –Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO)–, a la que la defensa de Ortiz además no duda en criticar, puede generar un conflicto de intereses. Todo ello sin contar con la posibilidad de una condena en costas a cargo de fondos públicos.La amnistía El especial interés de PuigdemontNada más publicarse la ley de Amnistía en el BOE, uno de los primeros movimientos de la Abogacía del Estado fue pedir al juez Llarena el levantamiento de la orden de detención que todavía hoy pesa sobre el prófugo Carles Puigdemont (al no haberle aplicado la amnistía al delito de malversación, no puede entrar en España sin riesgo a ser arrestado para responder ante la justicia). Precisamente el lunes de la semana pasada se celebró en el Supremo la vista de apelación contra la decisión del instructor de no amnistiar este delito, un criterio que la Sala Penal del Supremo ha mantenido con los condenados del ‘procés’ que, como Junqueras, hoy continúan inhabilitados. En esa vista, la abogada del Estado Zaida Fernández Toro –jefa de Penal, a la vez que responsable de la querella de Sánchez contra el juez Peinado y quien ejerce la defensa del fiscal general en el Supremo– se alineó con los intereses de los prófugos y pidió al tribunal que revoque el auto de Llarena aplicando la amnistía al líder de Junts.Ofensiva ante el TC Acusaciones al Supremo y el caso de MacíasNo menos llamativas han sido las alegaciones de los servicios jurídicos del Estado a la cuestión de inconstitucionalidad que ha presentado la Sala Segunda del Supremo contra la ley de amnistía. En ese informe, la Abogacía del Estado acusa directamente al Alto Tribunal de emplear una serie de argumentos de «carácter político» que «exceden sobradamente el carácter jurídico constitucional propio de una cuestión de inconstitucionalidad». No menos sorprendente ha sido su interés en apartar al magistrado conservador José María Macías del debate de la amnistía. Tanto que se adelantó al momento en el que tenía que presentar el escrito y el Pleno terminó rechazándolo por extemporáneo. No obstante, volvió a la carga y en la segunda ocasión logró su objetivo. Aceptada la abstención del exministro socialista Juan Carlos Campo, la relación de fuerzas en el Constitucional estaba en un 6-5 a favor de la mayoría progresista. Sin Macías ese estrecho margen se convierte en un 6-4, una diferencia más holgada ante el improbable caso de que la votación no responda estrictamente a bloques.Tribunal de Cuentas Al rescate de BilduHay quien identifica el cambio de criterio de la Abogacía del Estado a favor de que Bildu cobre la correspondiente subvención pública, pese a llevar terroristas en las listas de las últimas municipales, con otro favor del Gobierno a sus socios abertzales. Tras destapar ABC que en mayo de 2023 que 44 de los candidatos de la formación de Otegi habían sido condenados por terrorismo y que siete de ellos tenían delitos de sangre, la reacción de las víctimas consiguió reducir este número a 29. La ley electoral prohíbe conceder subvenciones a partidos en cuyas listas concurran terroristas no arrepentidos, entre otros supuestos. La Abogacía del Estado emitió un primer informe según el cual no debían pagarse las subvenciones cuyo adelanto Bildu cobró con normalidad (280.000 euros de unos gastos totales de 1.200.000). Más tarde, y sin mediar un cambio que lo justificara, se produjo un giro a favor de los abertzales y se emitió otro informe en sentido contrario.Condena del Supremo Hasta los insultos de Irene MonteroEn junio de 2023 la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo condenaba a la ministra de Igualdad, Irene Montero, a indemnizar con 18.000 euros a Rafael Marcos por llamarle «maltratador» en un acto público y difundirlo luego en Twitter. Marcos era la ex pareja de María Sevilla, quien fue presidenta de Infancia Libre y condenada por sustracción de menores. La entonces ministra fue a este procedimiento de la mano de la Abogacía del Estado, otra utilización abusiva de estos servicios jurídicos para cubrir actos de carácter personal que no entran dentro de las funciones propias de un ministro, sostienen fuentes del Cuerpo. En octubre de ese año el Supremo le impuso otros 5.400 euros en concepto de intereses por su demora en dar cumplimiento a la sentencia. El Abogado del Estado defendió la libertad de expresión de la hoy eurodiputada e incluso llevó su caso al Tribunal Constitucional. Montero no tuvo que pagar un euro por su defensa, a cargo de las arcas públicas.

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