Tras pasar 14 meses en prisión preventiva y ser condenado a cuatro años y medio de cárcel por la agresión sexual a una joven en una discoteca de Barcelona, ayer, la Sala de Apelaciones del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) revocó el fallo y absolvió a Dani Alves , estimando por unanimidad su recurso.Una decisión de los magistrados, al entender que la sentencia de instancia incurre en «contradicciones sobre los hechos » y considerar «poco fiable» el testimonio de la denunciante sobre lo ocurrido aquella madrugada, la del 30 de diciembre de 2022, en los momentos previos a la violación relatada. Se refieren así a las imágenes del local, que captaron a la joven, a su prima y su amiga, junto al futbolista brasileño y sus acompañantes « 20 minutos hablando, bailando y tomando copas ». También apuntan que fue la chica quien entró primero al baño y que Alves lo hizo «dos minutos después de hablar con la amiga y con la prima y darles la copa que tenía en el mano». Respecto a las huellas localizadas en el habitáculo, consideran que el posicionamiento de las mismas es compatible tanto con la versión del exlateral del Barça como con lo relatado por la joven y reprochan que tanto su declaración sobre lo ocurrido en el reservado, así como haber negado la felación previa a la presunta agresión, desvirtúan su testimonio . Así, aunque los magistrados no afirman «que la hipótesis verdadera sea la que mantiene la defensa» de Alves , sí indican que la prueba practicada «no ha superado los estándares que exige la presunción de inocencia» y por ello absuelven al futbolista brasileño. Decisión contra la que cabe interponer recurso de casación ante el Supremo. Posibilidad que estudian ahora tanto la Fiscalía, como la acusación particular. Para revocar el fallo de la Audiencia de Barcelona , el TSJC sostiene que la condena entra en contradicción al considerar probado que Alves tiró al suelo a la denunciante, que sufrió una herida en la rodilla y vinculó la agresión sexual a esa «violencia» sin despejar «cómo se produjo , ni enlazarla con ninguno de los hechos que califica de agresivos». Reprocha así el tribunal que «el relato es inconsistente porque esa herida pudo producirse de muchas formas», mientras que «la resolución de instancia retoma el tema de la violencia insistiendo en el uso de fuerza en genérico para lograr la penetración vaginal, pero desvinculado del momento en que se habría producido la herida, que sitúa antes, al caer al suelo, para practicar la felación, que después no da por acreditada, siendo posterior la penetración vaginal».« La sentencia de instancia al no dar por probada la felación desactiva también la violencia que le atribuyó para lograrla y aísla o reduce la agresión al hecho de la penetración vaginal, que sustenta solo en la declaración de la denunciante, debilitando la hipótesis acusatoria», apuntan los magistrados.Noticia Relacionada El TSJC estima su recurso por unanimidad estandar No La Justicia absuelve a Dani Alves del delito de agresión sexual Elena Burés Reprochan los magistrados que el fallo de instancia presenta «déficits valorativos muy relevantes» y que no contrasta el relato de la denunciante, que considera «no fiable»Es decir, negar ese primer contacto sexual, al que se asoció la posterior violencia, unido a la localización «de ADN en la boca de la denunciante , y el hallazgo y ubicación de las huellas dactilares y palmares en la tapa del retrete, dejan el relato de la agresión sexual por la que se ha condenado apoyada únicamente en el relato de la denunciante, al que se añade un elemento más de incerteza; evidenciando la escasa e insuficiente fortaleza de la hipótesis acusatoria», concluyen. Respecto a la actitud de la joven tras abandonar el lavabo, cuando habló con un agente de los Mossos, que grabó la conversación con su cámara unipersonal –que activó por error–, el tribunal descarta que corrobore la violación, al entender que solo prueba «el momento de angustia de la mujer». Para absolver al futbolista, los jueces sostienen que no existen otras corroboraciones periféricas más allá de la declaración de la denunciante. Una testigo «no fiable en la parte del relato que se puede contrastar».«Estado emocional»Tras conocer el fallo, la abogada de la acusación particular, Ester García, apuntó que la denunciante « está triste y muy decepcionada . Es como si volviese al cuarto de baño donde se produjeron los hechos », apuntó. Ahora valoran la posibilidad de recurrir la absolución. Algo que dependerá del «estado emocional» de la joven.Noticia Relacionada estandar No La denunciante ha sentido «como si volviese al cuarto de baño donde se produjeron los hechos» Elena Burés La abogada de la joven anuncia que valoran si recurren o no el fallo para evitar mayor revictimizaciónPor su parte, la defensa del brasileño, que ejerce Inés Guardiola, indicó que están «contentos y satisfechos». «Entendemos que todavía no es firme y vamos a esperar a la última sentencia pero, de momento, tenemos una resolución que es justa, valiente y el señor Alves es inocente ».

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