Denuncias por okupación: se disparan un 34,5% desde 2018 y los tiempos de desalojo aumentan un 50%

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Denuncias por okupación: se disparan un 34,5% desde 2018 y los tiempos de desalojo aumentan un 50%

España retrocede posiciones entre las grandes economías desarrolladas respecto a lo que a la protección de la propiedad privada se refiere. Nuestro país ocupa el puesto 22 entre 37 países analizados de la OCDE, por debajo de Estados como la Republica Checa y del promedio de la OCDE y la UE, como así se recoge en el informe ‘El problema de la ocupación ilegal en España. Índice Internacional de Derechos de Propiedad (IIDP) 2024’, elaborado y publicado por Property Rights Alliance y difundido por el Instituto de Estudios Económicos (IEE) en España. El ‘think tank’ de la CEOE asegura que España está sufriendo un «deterioro» en este fundamento por el avance de la okupación ilegal de vivienda, que pide frenar con desalojos exprés y con mayores penas para los delincuentes, pero también aliviar sus consecuencias con medidas fiscales para los propietarios que se vean afectados por el fenómeno.Según los datos recogidos en el documento elaborado por Matilde Cuena Casas, Catedrática de Derecho Civil de la Universidad Complutense de Madrid y Vicente Pérez Daudí, Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Barcelona, entre 2018 y 2024 el número de denuncias presentadas por ocupación ilegal de inmuebles se ha disparado un 34,5% . Tan solo en 2024, el número de denuncias alcanzó casi los 16.500 casos, lo que supone un incremento del 7% respecto al año anterior. «Son 317 denuncias a la semana», ha incidido el presidente del IEE, Iñigo Fernández de Mesa, durante la presentación del documento. La región más dañada es Cataluña , pues si se analiza el indicador de ocupación de viviendas en relación con el número de viviendas vacías en cada comunidad autónoma, esta casi llega a cuadruplicar al total nacional.Noticia Relacionada estandar No Aumentan un 4,5% los desahucios por impago del alquiler, mientras caen un 3,6 % los derivados de hipotecas Claudia T. FerreroEl problema del aumento del fenómeno de la ocupación ilegal en España es el reflejo de un deficiente marco regulatorio que no garantiza el derecho a la propiedad privada inmobiliaria , así como de una ineficiente intervención pública en materia de vivienda. Según el IEE, es preocupante que, en España, a pesar de contar con un amplio margen de mejora, no se perciban esfuerzos sustanciales para reformar y fortalecer la protección de la propiedad privada inmobiliaria. Este estancamiento es aún más alarmante considerando la clara vinculación entre una protección efectiva de los derechos de propiedad y el bienestar socioeconómico de la población. En particular, la falta de acción para resolver la inseguridad jurídica y la tolerancia hacia la ocupación ilegal, así como las políticas intervencionistas en el sector de la vivienda, generan un entorno de incertidumbre que perjudica la estabilidad de los derechos de propiedad y, por ende, el progreso económico y social.Fernández de Mesa también ha hecho hincapié en que se trata de un valor aproximado porque las denuncias solo dan una visión parcial del fenómeno debido a que en demasiadas ocasiones el propietario no denuncia para no incurrir en los costes legales. Para el presidente del IEE, además, existe un problema de «parsimonia» de los poderes públicos. «Las leyes actuales, en vez de proteger la propiedad privada han alargado los procesos judiciales». En consecuencia, según el análisis de ambos catedráticos, la duración promedio de los verbales posesorios por ocupación ilegal de viviendas ha aumentado «significativamente»: de 4,9 meses en 2018 a 12 meses en 2023, esto es un incremento de más del 50%.El IEE incide en las nefastas derivaciones que ello está suponiendo para incentivar la salida de más producto de vivienda al mercado del alquiler, en un momento de máxima necesidad en las grandes capitales del país. Según el servicio de estudios de la patronal, la «tolerancia» con la ocupación está ocasionando «la desincentivación de la oferta inmobiliaria, tensión en el mercado y se ha traducido en una clara externalidad negativa para las familias más vulnerables que ven mayores dificultades de acceso a una vivienda al aumentar los precios y las rentas del alquiler ». Y esto ocurre cuando se ha lanzado la primera ley de Vivienda de la democracia hace algo menos de dos años, de la cual el informe subraya que está siendo «insuficiente» para garantizar la seguridad jurídica de los propietarios y fomentar un mercado del alquiler estable». «Junto lo anterior, esta regulación también presenta medidas intervencionistas, como la limitación de alquileres en zonas tensionadas, lo que agravaría el problema de acceso a la vivienda».El informe también entra en el fenómeno de la ‘inquiocupación’ (inquilinos que dejan de pagar el alquiler pero permanecen en la vivienda) y constata que solo el año pasado estos casos aumentaron un 4,5%. «El impacto de la pandemia se refleja en una caída temporal de los desahucios en 2020, pero el repunte posterior demuestra que el fenómeno de la ocupación ilegal de viviendas en alquiler se acrecienta, tal y como reafirman los registros procedentes de las resoluciones dictadas en procedimientos sobre arrendamientos urbanos, en cuanto al número de sentencias y decretos dictados por impago de alquileres en dicho periodo», se relata en el documento.Todo ello hace que en el Índice Internacional de Derechos de Propiedad, España tenga un resultado inferior al valor medio de la OCDE y de la UE. Respecto a 2023, destaca el retroceso dado en el subcomponente del entorno legal y político. Una diferencia que se eleva al comparar los resultados de nuestro país con los de los países mejor clasificados, siendo dicha distancia superior al 20%. De los once subcomponentes que integran el índice agregado, España se sitúa por detrás del promedio de la OCDE en ocho de ellos, siendo especialmente significativa esta diferencia en los subcomponentes de la independencia judicial, el control de la corrupción y la protección de la propiedad física. En el global, los países que más respetan el derecho a la propiedad son Finlandia, Dinamarca, Países Bajos, Luxemburgo, Suecia y Nueva Zelanda, por ese orden.SolucionesPor todo ello, el IEE propone una serie de medidas que sirvan para agilizar los procesos judiciales de recuperación de inmuebles y elevar las penas para este tipo de delitos. De forma concreta, el IEE propone:-Ampliar el ámbito de aplicación de la Ley 5/2018, de Enjuiciamiento Civil, en relación a la ocupación ilegal de viviendas, y extender la posibilidad de uso de medidas cautelares también a personas jurídicas y a inmuebles distintos de vivienda.-Cambiar el requisito de forma del contrato de arrendamiento de bienes inmuebles requiriéndose sello de la administración de la comunidad autónoma competente en materia de vivienda que acredite que se ha depositado la fianza en dicha comunidad y que el contrato está celebrado por quien lo alega para paralizar una medida cautelar.-Elevar las penas por estafa procesal en el caso de falsificación de contratos de arrendamiento aportados por el ocupante ilegal, así como en aquellas en las que se haya producido la existencia del dolo coetáneo al momento de la celebración del contrato que hace atraer la existencia de un delito de estafa y no un incumplimiento civil.- Adoptar medidas cautelares en el proceso civil y penal que favorezcan el desalojo judicial, protegiéndose a todo propietario sea persona física o jurídica. Se debe permitir que la denuncia ante las fuerzas de seguridad, acompañada de un documento que acredite la propiedad del inmueble, sea suficiente para que el Juzgado de Instrucción de guardia ordene el desalojo.- Equiparar el delito de usurpación al de allanamiento de morada. Esto permitiría obtener, de manera casi inmediata, la posesión del bien ocupado ilegalmente, tal como sucede en la mayor parte de los países europeos. Pese a la reciente modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal a través de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas de eficiencia del Servicio de Justicia que permite que los delitos de allanamiento de morada y de usurpación de inmuebles se tramiten como juicios rápidos, el ocupante ilegal no debe gozar del derecho a la inviolabilidad del domicilio. Debe objetivarse, a través de medidas cautelares eficientes en un plazo no inferior a 72 horas para el desalojo policial.-Dotar de seguridad jurídica al propietario para poder cortar los suministros de la vivienda ocupada ilegalmente sin que ello tenga la consideración de delito de coacciones, tal y como reconoce la jurisprudencia más reciente.Además, como medida fiscal para aliviar el bolsillo de los propietarios, el IEE propone una exención en la obligación del pago de los impuestos que gravan la propiedad del inmueble «cuando se acredite haber iniciado un procedimiento judicial para lograr el desalojo de un ocupante ilegal». Para el director general del IEE,director general, Gregorio Izquierdo, el tema fiscal también tiene un importante papel en el reconocimiento de la propiedad privada porque el impuesto del Patrimonio no existen en otras grandes economías . «El deterioro de la regulación penaliza España, pero el tema tributario está penalizando España y está siendo una medida de no reconocimieto de la propiedad privada», ha sentenciado.

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