Qué pensionistas están excluidos de hacer la declaración

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Qué pensionistas están excluidos de hacer la declaración

La campaña de la declaración de la renta da el pistoletazo de salida oficial el 2 de abril , y se prolongará hasta el próximo 30 de junio . Más de 24 millones de contribuyentes tienen una cita para ponerse al día con Hacienda, en un trámite anual que este año cuenta con novedades y fechas importantes . Entre las principales se incluyen cambios en los tramos del IRPF, nuevas deducciones a las familias y mejoras en la tributación de autónomos.Conocer las fechas y la forma correcta de presentarla es importante para evitar imprevistos y cuidar la salud financiera. Y bueno, antes de ponerte a hacerla deberías saber si tienes o no que presentarla. No todo el mundo está obligado.Como norma general, solo quienes hayan ganado más de 22.000 euros con un solo pagador o más de 15.876 con dos o más pagadores y hayan cobrado más de 1.500 euros del segundo y siguientes están obligados a realizarla. También aquellos que hayan estado dados de alta como autónomos o que hayan percibido prestación de desempleo, entre otros supuestos.¿Y qué pasa con los pensionistas? Un nutrido grupo que en España son 9,33 millones. Pues lo mismo que lo citado anteriormente. Las personas que tienen que realizar sí o sí estas gestiones con el fisco son las siguientes: las que perciban ingresos superiores a 22.000 euros anuales por parte de un solo pagador. También, las que reciban cotizaciones superiores a 15.876 euros anuales a través de dos o más pagadores.Pensionistas que se libran de ajustar las cuentas con Hacienda – Aquellos que tengan incapacidad permanente absoluta y gran invalidez. Las personas con este grado de incapacidad están exentas de tributar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por lo que, estos beneficiarios no están obligados a presentar la declaración de la renta. – Quienes estén relacionados y derivados con actos de terrorismo. Las personas que sean víctimas de terrorismo reciben pensiones públicas extraordinarias y se encuentran exentas de tributación, incluidas las pensiones de viudedad derivadas de esos actos. – Las que sean sean huérfanas y en favor de los familiares. Los pensionistas que reciban este tipo de ingresos, estarán liberados de presentar la declaración siempre y cuando, estas pensiones provengan de la Seguridad Social o de clases pasivas.Por otro lado, los beneficiarios de las pensiones de origen extranjero están obligados a incluir estas prestaciones en sus declaraciones de impuestos en España.Estas contribuciones se suman en la base imponible y, dependiendo la condición, se otorgan rebajas fiscales por doble gravamen internacional para prevenir la duplicidad en la imposición fiscal por los mismos ingresos.

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