Las denuncias por okupación ilegal se han disparado en España desde 2018. Un estudio elaborado y publicado por la Property Rights Alliance, que el Instituto de Estudios Económicos (IEE), ligado a CEOE, difunde en España, muestra que nuestro país retrocede entre las grandes economías en relación a la protección de la propiedad privada.En concreto, España se sitúa en el puesto 22 de los 37 países analizados. Entre 2018 y 2024 el número de denuncias relacionadas con este delito se ha disparado un 34,5% , mientras que los tiempos de desalojo también han aumentado.La nueva ley antiokupas que entra hoy en vigorPara tratar de solventar este problema en nuestro país, las iniciativas parlamentarias han prosperado y se han caído en los últimos meses. Pero este jueves entra en vigor un nuevo cambio legislativo que se deriva de las modificaciones en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.En concreto, lo que se pretende es agilizar los procedimientos judiciales en casos de allanamiento y usurpación de vivienda. La ley diferencia ambos problemas.La diferencia entre la usurpación y el allanamiento en la nueva ley antiokupas Allanamiento de morada: Es la okupación ilegal de una vivienda que es la residencia habitual de una persona. Vulnera la inviolabilidad del hogar. Penas de prisión hasta 3 años. Usurpación: Implica la okupación ilegal de una vivienda que no es residencia habitual del propietario. Vulnera el derecho a la propiedad privada. Suben hasta 3 años de prisión y multas más severas.Las claves de la nueva ley tiene que ver con el procedimiento de expulsión de los okupas. Podrán hacerse juicios rápidos con un plazo máximo de 15 días , en los casos de allanamiento la Policía podrá actuar de inmediato si los individuos llevan menos de 48 horas, se permiten los desalojos exprés una vez constadada la okpuación ilegal. Por último, existe un endurecimiento de penas.Las claves de la nueva ley antiokupas Juicios rápidos Actuación policial inmediata Desalojo exprés Endurecimiento de las penasAsimismo, esta ley se aplica a los okupas ‘tradicionales’ sin tener en cuenta a los denominados ‘inquiokupas’, a los que hay que hacerles un estudio de vulnerabilidad y que están protegidos por la ley, de acuerdo al decreto ómnibus aprobado el pasado 12 de febrero.Una abogada explica cómo proceder ahora con los okupasLas constantes idas y venidas en relación a la legislación de los okupas plantea también un reto para los abogados especializados en vivienda, que llevan meses teniendo que adaptarse a los continuos cambios. La abogada y socia de AF Legis, Arantxa Goenaga , explica en conversación con ABC cuáles son los aspectos más significativos del texto que entra ahora en vigor.Goenaga señala no pone «en duda» los plazos de 15 días que contempla la nueva ley, aunque recalca que son los abogados quienes suelen cumplir estos plazos ya que en la práctica los tiempos judiciales se pueden demorar más . Uno de los temas más conflictivos en torno a la okupación es el de la declaración de vulnerabilidad: «Antes, si era tu segunda residencia o tu vivienda no hacía falta porque no hay posibilidad de que se les declare vulnerables . Si tú tienes un inmueble para alquilar y ese te lo okupan esos sí que tienen esa posibilidad de declararse vulnerable». Es por ello, que la letrada se inclina por la opción de que esta nueva ley mantenga como hasta ahora los procedimientos contra los inquiokupas.Noticias relacionadas estandar No Un abogado denuncia una actividad ilegal en algunos hoteles españoles con los datos de clientes A. Cabeza estandar No Un abogado, indignado por la protección legal que reciben los okupas en España: «Si te roban la casa, te dicen que tengas paciencia» Patricia MarcosEl texto que entra en vigor incide en que las demandas presentadas por la vía civil tendrán que venir acompañadas por un acto de mediación , es decir, una negociación con la persona usrurpadora. Es aquí donde radica uno de los principales conflictos: «No lo acaban de definir del todo. A ver a quién envías un burofax sin nombre» .Por ello, Goenaga defiende que los pasos a seguir en este tipo de situaciones sería, primero, acudir a la Policía para que inicie los trámites y saber por dónde iniciar. Aunque sin duda lo más relevante es que los abogados deberán volver a recurrir a la vía penal. En opinión de la letrada es «lo lógico» y de la vía de la que nunca se tendría que haber salido.«Siempre ha sido un delito porque para entrar a una propiedad te tienen que haber roto una puerta, una ventana», defiende. El iniciar un procedimiento por la vía penal para luego regresar a la vía civil podría extender los plazos.«La okupación siempre ha sido un delito penal porque para entrar a una propiedad te tienen que romper algo» Arantxa Goenaga Abogada«Invertiremos las cosas. Antes acudíamos a la vía civil, ahora lo haremos a la penal», explica, siendo esta la solución para evitar largas demoras.«Invertiremos las cosas. Antes acudíamos a la vía civil, ahora a la penal»La ley que entra en vigor este 3 de abril comienza a dar sus primeros pasos. Más allá de la teoría son ahora los abogados quienes comenzarán a tantear el pulso de la justicia en relación con las okupaciones.

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