El Supremo respalda la decisión de Llarena de no aplicar la amnistía a Puigdemont

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El Supremo respalda la decisión de Llarena de no aplicar la amnistía a Puigdemont

La Sala de apelación del Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de apelación presentados contra el auto del juez Llarena que rechazó aplicar la ley de Amnistía a Carles Puigdemont y a los otros dos prófugos por el delito de malversación. Los magistrados de la Sala Segunda consideran que la decisión del instructor no contraviene la voluntad del legislador porque éste en el trámite parlamentario introdujo una modificación en la Ley y dispuso la inaplicación de la Amnistía al delito de malversación cuando se hubiere actuado con un «propósito de beneficio personal de carácter patrimonial» , lo que obliga al tribunal a interpretar esa excepción.Como Llarena, también la Sala considera que en el concepto normativo de «beneficio personal de carácter patrimonial» se ha de incluir tanto el incremento de los activos patrimoniales como el no detrimento del pasivo. «Un sujeto se beneficia patrimonialmente cuando se incrementa su patrimonio pero también cuando su patrimonio no decrece porque sus obligaciones son asumidas ilícitamente por los fondos públicos» .Noticia Relacionada estandar Si «El tema está muerto»: así ha sido el Pleno de la derrota de Conde-Pumpido Nati VillanuevaEn este caso, explica, «los investigados se beneficiaron patrimonialmente en tanto que impulsaron personalmente el proyecto político ilegal y endosaron los gastos a la administración autonómica, sin que esa iniciativa respondiera a la satisfacción de ningún interés público».En una resolución sin votos particulares, los magistrados niegan que la decisión del instructor sea arbitraria. « La interpretación realizada en el auto impugnado no es extravagante (…) ni contraria a ningún valor o principio constitucional» y tampoco está «en contradicción con la orientación material de la norma», pues es la propia ley la que establece una excepción singular para las personas investigadas por posibles delitos de malversación.«Los principios de legalidad y seguridad jurídica obligan a la interpretación de la norma en sus propios términos (…)», dice el tribunal.Además, la interpretación realizada en el auto del juez es « acorde con los criterios tradicionales de la Sala sobre los conceptos de patrimonio, beneficio y malversación».El respaldo a Llarena implica la vigencia de la orden de detención contra el prófugo y también la posibilidad de este de acudir en amparo al Tribunal Constitucional, en cuanto se resuelva el incidente de nulidad.Puigdemont: «No es ninguna sorpresa»Tras conocer la decisión del Supremo, el expresidente de la Generalitat fugado de la Justicia desde 2017, ha señalado que «no es ninguna sorpresa, ni en el fondo ni en la forma» y ha cargado contra los jueces, a los que ha acusado de estar en «rebeldía contra el Poder Legislativo» y de actuar con una «pataleta ante una ley que no les gusta, y que les lleva a retorcer la interpretación del supuesto delito de malversación«.En esta línea, en un apunte en su cuenta personal de X, Puigdemont ha escrito que la sentencia del Alto Tribunal es «otra muestra de ‘la normalidad’ que pregona el poder político (y mediático) de Cataluña. De hecho, iban juntos a las manifestaciones que querían conseguir esto que el Tribunal Supremo está haciendo». Y ha lamentado que los jueces del Supremo «no son capaces de hacer las cosas bien ni en la parte más relevante de la sentencia, que es el acuerdo», al cometer una errata en el segundo apellido de Toni Comín, que es Oliveres, y adjudicarle el de Lluís Puig, que es Gordi.

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