Una aseguradora, condenada a indemnizar con 3.700 euros a una mujer a la que se le rompió una prótesis mamaria

Home People Una aseguradora, condenada a indemnizar con 3.700 euros a una mujer a la que se le rompió una prótesis mamaria
Una aseguradora, condenada a indemnizar con 3.700 euros a una mujer a la que se le rompió una prótesis mamaria

Una aseguradora deberá indemnizar con 3.722,50 euros a una mujer que sufrió la rotura de la prótesis mamaria derecha como consecuencia de un frenazo brusco en un autobús urbano de Pamplona. Así lo ha determinado la Sección Tercera de la Audiencia de Navarra que revoca la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Pamplona y estima por tanto de manera parcial la reclamación de la víctima, informa Europa Press. Según ha indicado el TSJN el propio tribunal considera que hay una responsabilidad imputable a la propia demandante. Según han expresado los peritos la prótesis ya estaba previamente dañada, lo que pudo producir su rotura. Estos implantes, además, tienen una vida útil de 10 años y en el caso de la mujer, llevaban 13 en su cuerpo.Así, apunta la sentencia, a la demandante se le puede imputar una responsabilidad parcial , al no haber renovado las prótesis en tiempo adecuado, lo que las predisponía a una posible rotura.Noticia Relacionada estandar No La Audiencia Nacional ordena indemnizar con 10.000 euros a una mujer absuelta tras 408 días en prisión preventiva EP La mujer reclamaba 65.881 euros, pero la Audiencia ha establecido 10.000 euros, calculando en base a los días de prisión preventiva, con un valor diario de 24,5 eurosSin embargo, continúa la Audiencia, el frenazo, aunque no sea causa exclusiva o única, sí lo es «en todo caso concurrente y deteminante», junto a la citada responsabilidad. Los hechos tuvieron lugar el pasado 5 de mayo de 2021. Ese día, la denunciante se cayó en el interior de un autobús al dar el conductor un frenazo brusco. Aunque ya había sido indemnizada por las lesiones y secuelas sufridas, entre las que se encuentran policontusiones y un latigazo cervical, la mujer reclamó asimismo ante la Justicia la rotura de la prótesis.Esta demanda, que había sido interpuesta contra la aseguradora del autobús, fue desestimada en enero de 2023 . Ahí, el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Pamplona concluyó que no estaba probada la relación de causalidad. Según indicaron, en el vídeo de la caída se muestra «que se produjo sobre la zona sacra, sin traumatismo alguno en la zona mamaria, torácica ni dorsal». Asimismo, consideró que esos síntomas tampoco aparecieron cuando fue atendida en urgencias.Por el contrario, la Audiencia sí que aprecia relación de causalidad . Según han destacado los magistrados, esa valoración «no parece ponderar la singularidad de que la prótesis pudiera encontrarse en una situación de mayor debilidad o fragilidad por razón del desgaste por haber excedido el tiempo de vida útil». También han añadido los jueces que visionando el vídeo se ve cómo cuando la demandante entra al autobús –la última– cuando se encuentra a la mitad de su longitud, se produce ese frenazo brusco, que acabó tirándola al suelo. «Es cierto que en esa caída se ve con claridad que no existe ningún impacto directo en la zona pectoral ni en la torácica. Pero es incompleto afirmar que el golpe o caída solamente tuvo lugar con la zona sacra, puesto que adicionalmente se observa, con nitidez, cómo también sufre impacto directo (y no mero apoyo) la mano y/o muñeca derecha con la que trata de mantener el equilibrio en la caída. Además, por la dinámica descrita (un desplazamiento hacia atrás de varios pasos) el impacto se muestra como realmente intenso, y no mínimo ni leve», ha indicado el tribunal, citado por Europa Press.Por ello es por lo que la Audiencia sí que aprecia esa relación causal en la rotura de la prótesis que, añade, es imputable tanto a la demandante como a la aseguradora . «La prueba demuestra que dicha caída sí concurrió determinantemente: quizá no habría generado rotura en una prótesis no agotada, pero una prótesis ya afectada no se habría roto sin un intenso impacto como el sucedido», zanja el texto.La sentencia puede ser recurrida en casación únicamente y ante el Tribunal Supremo o el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

Leave a Reply

Your email address will not be published.