La adjudicación errónea de un gol a otro compañero de equipo de su hijo, de ocho años, durante un partido de fútbol parece ser el detonante de la campaña de desprestigio en redes que el padre del menor privado de ese reconocimiento en el acta arbitral emprendió contra el entrenador de su propio vástago, a quien responsabilizó por no haber subsanado el error.Así se recoge en una sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de Valladolid, a la que ha tenido acceso Ep, en la que el autor de dicha campaña ha sido condenado por un delito de acoso al pago de una multa de 4.320 euros, junto con la prohibición de acercarse a la víctima, así como a su domicilio y lugar de trabajo a una distancia inferior a 500 metros por tiempo de dos años y de comunicarse con ella por cualquier medio durante idéntico periodo de tiempo, y, en concepto de responsabilidad civil, a indemnizar al afectado con 1.500 euros por el daño moral sufrido.El juez ha optado finalmente por la imposición de dicha multa y lo explica en su fallo: «Atendiendo al cúmulo de conductas de hostigamiento efectuadas y al grado de animadversión demostrado haciendo alusiones de índole sexual y laboral del denunciante, la imposición de una pena de prisión implicaría un escaso escarmiento, teniendo en cuenta la inevitable suspensión de su cumplimiento«.En su sentencia, el magistrado se muestra categórico al definir la declaración del condenado en el acto del juicio oral como «un ejemplo de malas decisiones a la hora de contestar», en alusión al hecho de que negara que los mensajes estuvieran dirigidos al entrenador de su hijo, ya que en ningún momento figura el nombre de la víctima.« Ni a un niño de 8 años se le ocurriría que con ese argumento puede convencer a nadie de que el destinatario de las alusiones no sea el entrenador«, apunta el juez, que también le reprocha haber demostrado no tener ningún tipo de arrepentimiento por su comportamiento, «incluso contestando como si él fuera el denunciante y no el acusado del juicio».Aunque en su declaración el acusado trató de justificar su actuación en el hecho de que su vástago estaba siendo víctima de malos tratos, «aun en esa hipótesis no declarada judicialmente, algo también imposible porque ha sido incapaz de demostrar que judicialmente exista o haya existido procedimiento penal alguno, ello no le valida para realizar cualquier tipo de comportamiento en defensa de su hijo», advierte el juzgador, quien llega al convencimiento de que el detonante de la actuación del ocupante del banquillo guarda relación con la errónea atribución de un gol, o varios, a otros jugadores en vez de a su hijo.«Ridículo e inexplicable»«Es una apreciación subjetiva, pero evidentemente el acusado la tiene muy presente porque cuenta el suceso como algo muy importante, y ya podemos deducir que para su mentalidad debería ser algo trascendental para la carrera deportiva de un niño de 8 años la equivocación en la asignación de un gol, pero para este juez parece ridículo que lo que tiene que ser lúdico y formativo para los niños se transforme en un espectáculo de mal gusto y mala educación, pero no sólo eso como dice el letrado defensor, hasta el punto de encontrarnos en sede judicial por un comportamiento absolutamente inexplicable«.La sentencia considera probado que el condenado, padre de un menor de 8 años que jugaba en el equipo de fútbol benjamín de una localidad de Valladolid, inició entre noviembre de 2022 y febrero de 2023 una campaña de publicaciones en redes sociales con el único propósito perjudicar al entrenador en su vida personal, familiar y social.Dicha campaña tiene su origen en los presuntos castigos físicos que, a juicio del acusado, imponía el entrenador a los jugadores por fallos en los entrenamientos y, según criterio del juez como causa principal, a raíz del hecho «pueril» que un árbitro se confundió en un partido y atribuyó a otro compañero de su hijo algún gol marcado por su vástago, de lo que culpó también al míster por no haber hecho nada para remediar dicho entuerto.Pues bien, en represalia, J.C. inició una serie de publicaciones en redes sociales como «tik-tok» o a través de estados públicos en la red de mensajería whatsapp aludiendo a la presunta incapacidad intelectual del entrenador, a su condición de maltratador y mofándose de su condición sexual, intentando que fuera cesado como responsable del equipo y despedido de su puesto de trabajo los fines de semana en una discoteca de la ciudad, consiguiendo esto último al conocer a la propiedad de la misma y hacer circular ante él el rumor del maltrato infantil.Llama también la atención de que en su sentencia el juez califica de «paradójico que se mofe intelectualmente del denunciante y tema por el futuro de España quien tiene graves problemas para usar la letra «h» o para discriminar el uso del verbo «haber» y la construcción «a ver» o no distinga entre el verbo «hay», el adverbio «ahí» o la interjección «ay».Entre las publicaciones efectuadas por el condenado, en ocasiones realizadas para todo el grupo de progenitores de jugadores del equipo así como personal relacionado con el club deportivo, figuran mensajes del tipo: «Si fallas te castigo, ahora sales no la cagues, 30 sentadillas por vago, 10 flexiones por tirarla fuera… reírse de los niños por que fallan, todo eso es maltrato sicológico, puedes seguir mirando para otro lado», junto a una foto con el mensaje «no al maltrato infantil», «maltratador de niños», «hacer daño a niños de 8 años», «hay que ser muy valiente para dejar a tus hijos de 9 años dormir con un…»Noticia Relacionada estandar No Dos investigados por robar casi 6.600 euros a un matrimonio de ancianos con cargos de hoteles en sus tarjetas C. R. Uno de los estafadores trabajaba en la residencia de personas mayores en la que vive la parejaEn otra tanda se recogen otras frases como «la cagaste niñato, te puedes meter con el rey pero cuando atacas a los cachorros, ahí salen las leonas y ya no tienes escapatoria, pagarás el hacer daño a niños de 8 años, y qué suerte el haberle quitado de tus manos», para también hacer referencia al trabajo que el entrenador realizaba de controlador en una discoteca que finalmente perdió: «Que presume de portero y es el que tira los cubos de la basura», o incluso realizar comentarios homófobos sobre su condición sexual: «Y encima muerde almohada», al tiempo que en distintas ocasiones se dirige a la víctima en femenino como «rubia, niñata y orgullosa»,Del mismo modo, remitió cartas, sin ningún resultado, quejándose de la actuación del entrenador ante el Defensor del Menor, la Federación de Fútbol y al propio club de fútbol, que medió para evitar que el problema persistiera pero no adoptó medida alguna porque no dio ninguna importancia a las quejas del acusado y otros padres molestos por la disciplina que el entrenador intentaba imponer en el equipo.A raíz de estos hechos, el entrenador, que denunció finalmente la situación, se vio afectado en su vida personal al perder el puesto de trabajo que tenía como controlador de entrada en la discoteca y al ser identificado socialmente como persona denunciada por maltrato a niños, cuando no se ha acreditado la interposición de denuncia alguna por estos hechos y no existir procedimiento judicial contra él.

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