La apertura de juicio oral (siguiente paso tras el procesamiento) al fiscal general del Estado y a su subordinada Pilar Rodríguez por revelación de secretos no tendrá las mismas consecuencias para uno que para otro, pues mientras la jefa de la Fiscalía provincial de Madrid quedaría suspendida cautelarmente, a la espera del resultado del juicio, Álvaro García Ortiz podría seguir al frente de la Fiscalía. Así se desprende del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal que señala que el fiscal general del Estado «quedará en situación de servicios especiales» tras su nombramiento, lo que implica que no se verá afectado por el resto de artículos de esta ley, entre los que está el que precisamente afecta a la otra procesada. El reglamento de la carrera fiscal no contempla el cese del máximo responsable del Ministerio Público por la apertura de una investigación judicial ni por la apertura de juicio, pero sí le permite suspender a otro miembro de la carrera fiscal en caso de que se vea en esa circunstancia. MÁS INFORMACIÓN noticia Si Álvaro García Ortiz: de primer fiscal general imputado a estar al borde del banquillo noticia Si Los pasos del caso tras el procesamiento: las partes tienen 10 días para pronunciarse noticia No El Gobierno pide «respetar la presunción de inocencia» y señala a los jueces como «la oposición real» del EjecutivoLa situación generada con Álvaro García Ortiz y Pilar Rodríguez evidencia la congruencia del Estatuto para este momento, pues dado que el fiscal general no ha dimitido hasta ahora por su propia voluntad ni aunque se lo han pedido desde la carrera fiscal , se da la circunstancia de que sí podría hacer dimitir a la fiscal jefe de Madrid investigada por revelación de secretos junto a él. El artículo 145 del Reglamento del Ministerio Fiscal establece que «la persona titular de la Fiscalía General del Estado podrá acordar motivadamente, con arreglo a los principios de presunción de inocencia y proporcionalidad, previa audiencia del interesado y de la Comisión Permanente del Consejo Fiscal, la suspensión cautelar de cualquier miembro del Ministerio Fiscal contra el que se siga un procedimiento penal».Con el auto de apertura de juicioEsa suspensión es obligatoria cuando «se dicte auto de apertura de juicio oral o de prisión por delito cometido en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de ellas». Por último, el reglamento fiscal recoge que «la suspensión podrá ser alzada por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, de oficio o a instancia del interesado, si varían las circunstancias que motivaron su adopción, tras oír a la Comisión Permanente del Consejo Fiscal y, en su caso, al propio afectado. Se alzará en todo caso si la causa concluye con sentencia absolutoria o auto de sobreseimiento o archivo».No deja de ser paradójico que, con el Estatuto Fiscal en la mano, dos fiscales imputados por el mismo delito tengan un horizonte personal y procesal tan distinto. Por eso hay fiscales que consideran que este escenario insólito y novedoso (nunca antes un fiscal general había estado ni siquiera imputado) obligaría a hacer una interpretación legal recurriendo a la Ley Orgánica del Poder Judicial. Esta ley establece que la «suspensión de jueces y magistrados» se llevará a cabo «cuando se hubiere declarado haber lugar a proceder contra ellos por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones» o «cuando por cualquier otro delito doloso se hubiere dictado contra ellos auto de prisión, de libertad bajo fianza o de procesamiento».El pasado enero, 13 de los 35 fiscales de sala, la máxima categoría de la carrera, le pidieron que dejara el cargo para no seguir dañando el prestigio de la Fiscalía. La Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF), acusación popular de la causa contra García Ortiz, solicitó de hecho al Tribunal Supremo suspender al fiscal general como medida cautelar. Sin embargo, la Sala Penal del Tribunal Supremo no vio razón para «anticipar lo que, llegado su momento, pudiera ser un pronunciamiento de la sentencia». Previamente, el magistrado instructor también rechazó suspenderle bajo la tesis de las acusaciones de que ocupa una «posición jerárquica superior que ostenta sobre todos los miembros» de la carrera fiscal y que ello podría poner «en quiebra la imparcialidad del que interviniese» en la causa contra García Ortiz.

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