La Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto a un profesor acusado de agredir sexualmente a dos alumnas en un instituto al estimar su declaración como «categórica» y «convincente». Además, resalta que los testimonios de las denunciantes no venían acompañados de «ningún dato objetivo» que apoyase la tesis inculpatoria.De esta manera se desprende de la sentencia emitida por la sección quinta de la Audiencia provincia, avanzada por Europa Press, en la que el tribunal exculpa a este docente del delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años y del delito de agresión sexual a menor de 16 años que le atribuía Fiscalía.El ministerio público reclamaba para el profesor la pena de 10 años de prisión por estos dos delitos, la misma que solicitaban las denunciantes, mientras que la defensa, representada por Juan Colado, letrado de Castillo Castrillón Abogados, pedía la absolución al no ver hechos delictivos.MÁS INFORMACIÓN noticia No El menor agredido sexualmente por una ‘manada’ de alumnos convivió dos meses con los agresoresSegún consta como probado en la sentencia, el profesor daba clases de matemáticas a las dos alumnas denunciantes en un curso especial que lo formaban alrededor de 15 estudiantes que tenían dificultades para efectuar el curso ordinario de cuarto de ESO.En enero de 2023, las menores fueron a hablar con la directora del instituto y le trasladaron que el profesor les había agredido sexualmente mediante tocamientos en el trasero . A una de ellas en diversas ocasiones y, a la otra, solo una vez.Durante el juicio, celebrado la semana pasada en la Audiencia de Valencia, las dos denunciantes mantuvieron que la agresión sexual se produjo en clase, cuando estaban solos, y también en una excursión al Museo de las Ciencias. El testimonio de las alumnas era la única prueba de cargo contra el profesor, puesto que los numerosos testigos que desfilaron por el juicio, la mayoría de ellos compañeros y alumnos del mismo educador, manifestaron no haber presenciado los hechos. Solamente algunos testigos declararon en el juicio que había un comportamiento «extraño» entre las víctimas y el profesor.Con todo ello, la Audiencia estima que en este caso no se puede alcanzar un resultado condenatorio únicamente con la declaración prestada por las víctimas. El profesor, durante la vista, negó la veracidad de los hechos denunciados y manifestó que «en ninguna ocasión» había efectuado tocamientos libidinosos a las víctimas.Su declaración fue, a juicio del tribunal, «categórica y convincente» a la hora de negar la realidad de la denuncia y destacar la posibilidad de la existencia de un móvil espurio dado el comportamiento de las víctimas que no eran buenas estudiantes. Además, l as alumnas faltaban mucho a clase y no hacían los trabajos , algo que confirmaron sus compañeros. Así, la Audiencia afirma que debe aplicarse en este procedimiento el ‘in dubio pro reo’ y absuelve al profesor denunciado.

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