El juez del Supremo ofrece a Santos Cerdán declarar voluntariamente al encontrar «consistentes indicios» contra él

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El juez del Supremo ofrece a Santos Cerdán declarar voluntariamente al encontrar «consistentes indicios» contra él

El juez del Tribunal Supremo que instruye la causa contra el exministro de Transportes, José Luis Ábalos, contra su asesor y el empresario y comisionista Víctor de Aldama ha ofrecido ya al secretario de Organización o ‘número tres’ del PSOE, Santos Cerdán, declarar voluntariamente al encontrar «consistentes indicios» de su posible participación en el supuesto cobro de mordidas ilegales por la adjudicación de obras de carreteras.El instructor Leopoldo Puente da este paso, el primero y único posible por la condición de aforado del diputado del Congreso, antes de que el Tribunal Supremo pida a la Cámara Baja el suplicatorio para investigarle. Antes, eleva exposición razonada a la Sala Penal del Alto Tribunal para que confirme los indicios apreciados por él.El magistrado l e ofrece comparecer el 25 de junio y levanta el secreto de la pieza separada abierta a raíz de la recepción del informe de la Unidad Central Operativa (UCO) del pasado 5 de junio sobre adjudicaciones de obra señaladas por Aldama, quien está colaborando con la Fiscalía. Noticia Relacionada estandar Si Anticorrupción ya ve materia para que el juez procese a José Luis Ábalos Carmen Lucas-Torres Da valor a las confesiones de Aldama, que podrían servirle de atenuante, y queda pendiente del papel que la UCO otorgue a Santos Cerdán en la trama de corrupciónEn un auto, el juez señala que del mencionado informe policial resulta la existencia de «consistentes indicios acerca de la posible participación» del secretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán, actuando en connivencia con el exministro José Luis Ábalos y con Koldo García Izaguirre en una adjudicación indebida y a cambio de precio de obras públicas. Ve indicios de los delitos de organización criminal y cohecho en el caso del secretario de Organización del PSOE.El auto cita además de nuevo a declarar el 24 de junio Ábalos y Koldo García. Así, señala que «a la vista del informe policial, fechado el día 5 de junio del presente año, conteniéndose en el mismo referencias a extremos concretos, relativos en particular a la aparentemente indebida adjudicación de determinadas obras públicas, así como tomando en cuenta que en el curso de la investigación se habrían revelado nuevos hechos eventualmente delictivos, estrechamente vinculados con los que dieron origen a la formación de la presente causa especial, acerca de los cuáles no han sido oídos en declaración los investigados en esta causa especial don José Luis Ábalos Meco y don Koldo García Izaguirre, es por lo que procede citar a los mismos nuevamente con este objeto».Una adjudicación indebida El auto responsabiliza a Santos Cerdán de participar en «una adjudicación indebida a cambio de precio de las referidas obras públicas». Le alude como una «tercera persona» en connivencia con Ábalos y Koldo García: «También resulta del contenido del mencionado informe policial la existencia de consistentes indicios acerca de la posible participación de una persona tercera, actuando en connivencia con aquéllos, en la mencionada adjudicación indebida y a cambio de precio de las referidas obras públicas, lo que, siempre en los términos meramente indiciarios y con el carácter provisional que resulta propio de la fase procesal en la que nos encontramos, podría constituir sendos delitos de integración en organización criminal (artículo 570 del Código Penal) y cohecho (artículo 419 del mismo texto legal). Se trata de don Santos Cerdán León quien ostenta conocidamente la condición de Diputado del Congreso en la presente legislatura (XV)», se puede leer en la resolución.En la resolución, el magistrado explica que la condición de diputado del Congreso de Cerdán determina, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 57.1.2º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que la competencia para la instrucción, enjuiciamiento y fallo de los delitos que por aquél pudieran haberse cometido corresponda a esta Sala Segunda del Tribunal Supremo. «Procedería, en consecuencia, elevar por este instructor a la Sala de admisión de este Tribunal la correspondiente exposición razonada al efecto de que por la misma -única competente para ello- se confirme si, en efecto, a dicha Sala corresponde la competencia para la instrucción de estos hechos y, más importante, determine si advierte la existencia de indicios bastantes para justificar el inicio de la correspondiente causa penal con relación a dicho aforado», se lee en la resolución.

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