El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha recurrido la decisión del magistrado Ángel Hurtado de procesarle por un delito de revelación de secretos en relación con datos de carácter confidencial relativos a Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. En su escrito, de 74 folios, al que ha tenido acceso ABC, su defensa no duda en descargar la responsabilidad de la filtración no sólo en el entorno del afectado, en concreto del jefe de Gabinete de Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez, sino también en la fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra, cuyo testimonio ha sido fundamental para apuntalar los indicios incriminatorios contra él. Lastra, contraria en todo momento a que la jefa de la Fiscalía provincial y también procesada Pilar Rodríguez enviara los correos reservados que el fiscal general le reclamaba («Para qué se los pasas, los va a filtrar»), se opuso también a la difusión esos datos reservados en la nota informativa que García Ortiz decidió redactar al día siguiente para «ganar» el relato. «Tal y como hemos tenido ocasión de exponer anteriormente, existen sólidos indicios de que el 12 de marzo de 2024 personal de la Fiscalía de la Comunidad de Madrid (la que dirige Lastra) filtró al periodista de El País, D. José Manuel Romero, que el abogado de González Amador había lanzado una propuesta de conformidad al Ministerio Fiscal (…) La única persona de la Fiscalía de la Comunidad de Madrid que se conoce tuviera conocimiento de los entresijos de la conformidad en fecha 12 de marzo de 2024 era Dña. Almudena Lastra tal y como la misma reconoció en sede judicial», señala el escrito, que apostilla: «resulta pública y notoria la animadversión de Almudena Lastra hacia mi representado».En su recurso ante la Sala de Apelaciones del Supremo, García Ortiz intenta desmontar los indicios del juez sosteniendo por un lado la inexistencia del delito y por otro, que haya quedado acreditado que él participara en los hechos. «La versión judicial sustentada (…) incurre en conclusiones patentemente erróneas, ilógicas o equivocadas» al «incluir imputaciones que son infundadas o voluntaristas», afirma. Y ello porque, según dice, Hurtado se basa en una mera «inferencia temporal» para conectar la recepción de los mails que en ese intercambio «frenético» de Whatsapp intentó conseguir el fiscal general la noche del día 13, y su publicación en la web de la Cadena Ser. Noticia Relacionada estandar No La Fiscalía solicita archivar la causa contra García Ortiz y acusa al Supremo de apuntar a Moncloa «sin sustrato probatorio» ABC Recrimina al instructor que no tiene en cuenta el testimonio de los periodistas que podría exculpar al fiscal general»A lo largo de estos meses se ha procedido a una actividad intensa de investigación incriminatoria respecto de mi representado en la búsqueda de la verdad de lo acaecido. Ha formado parte de ella la práctica de diligencias variadas, de claro carácter invasivo, como dos entradas y registros de los dispositivos y comunicaciones de una autoridad titular de un órgano constitucional y de una subordinada, la elaboración de una pericial, varias veces ampliada, la emisión, ante lo infructuoso materialmente de lo anterior de comisiones rogatorias distintas que pretendía obtener lo que se suponía existía y no se hallaba, todo ello en el empeño de la investigación de un delito (…)», señala el abogado del Estado en defensa del procesado. La principal línea de defensa del fiscal general es que la información cuya filtración se le atribuye ya estaba en los medios con lo que hay no estaba afectada por esa confidencialidad. Para ello no duda en dedicar buena parte de su escrito al testimonio de periodistas de medios afines que aseguran haber tenido ese correo con anterioridad a que él lo recibiera por mail. Lo cierto es que hasta minutos después de recibirlo García Ortiz, ningún medio había publicado la literalidad del mismo: el reconocimiento ante el fiscal Julián Salto, por parte del letrado de González Amador (en un marco de negociaciones para alcanzar una conformidad), de que su cliente «ciertamente» había cometido dos delitos fiscales. Por contra, al borrado de los mensajes de su movil «hasta en dos ocasiones» a las pocas horas de conocer su imputación, el escrito apenas dedica un párrafo: «Mi representado no ha hecho desaparecer la información por capricho, y no lo ha hecho a causa de la incoación del presente procedimiento penal. Hay una explicación coherente y lógica frente —de nuevo— a un reproche innecesario. Si la instrucción no ha conseguido obtener los datos del terminal telefónico al producirse el borrado, tampoco mi representado ha podido defenderse. Ello quiere decir que el borrado es ajeno a la instrucción, no se puede argumentar en contra de la presunción de inocencia». Entre las «numerosas inferencias, carentes de sustento fáctico» que el abogado del Estado afea a Hurtado se encuentra la mención a Moncloa, las «presuntas indicaciones de Presidencia del Gobierno y otras indicaciones externas » que se habrían «canalizado» a través de la ex asesora de Moncloa Pilar Sánchez Acera, y por las que el instructor dice que habría actuado García Ortiz.»No consta que se produjera una sola comunicación o contacto entre Pilar Sánchez Acera y el fiscal general del Estado o de alguien de su entorno», apunta. «El hecho de no dar credibilidad a la versión de Sánchez Acera no autoriza a atribuir la revelación al Excmo. Sr. Fiscal General del Estado, pues —como hemos indicado anteriormente— consta acreditado que la mañana del 14 de marzo de 2024 otras personas tenían en su poder el correo de 2 de febrero». Apunta así a la posibilidad de que la número dos de Óscar López en el Gabinete de Presidencia pudiera «haber solicitado a la Cadena Ser o La Sexta una copia del correo electrónico revelado en la noche del 13 de marzo de 2024, o durante la mañana del día 14», lo que «se encuadra en los cauces ordinarios del debate político, particularmente cuando se trata de un asunto de relevancia pública evidente». « Pretender apuntalar la responsabilidad penal del fiscal general a partir del eventual uso político o mediático de un documento que ya era de dominio público excede por completo el juicio racional de indicios», apunta, en un nuevo reproche a Hurtado.García Ortiz insiste en el entorno de Ayuso como origen de la filtración: «Numerosos testigos han declarado conocer que Rodríguez estaba trasladando la existencia de una propuesta de conformidad y de ‘órdenes de arriba’ para frustrarla la tarde del día 13 de marzo de 2024», al menos desde las 19:48 horas, «y en todo caso antes de la publicación de ‘El Mundo’», de las 21:29. En esa publicación, que es la que dio origen a que la Fiscalía activara todos los mecanismos para rebatirla, se decía que era la Fiscalía la que había ofrecido un pacto al novio de Ayuso cuando había sido al revés. «La posibilidad de que González Amador, Rodríguez o personas de su entorno más inmediato divulgaran la información relativa a la existencia y contenido de las negociaciones de conformidad, incluyendo el contenido del correo de 2 de febrero de 2024, resulta altamente verosímil». Y esto lo hace para justificar que «una vez que el titular del derecho a la intimidad decide hacer partícipes a terceros de sus secretos o confidencias, en especial cuando se trata de periodistas, dichas informaciones pierden su carácter reservado y su titular pierde, por consiguiente, el derecho a que no se difundan».

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