Ni procedió al borrado de sus mensajes ni cambió de teléfono y contestó al magistrado cuando fue llamada a declarar. El comportamiento de la fiscal Pilar Rodríguez nada tuvo que ver con el del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y sin embargo, tanto ella como su jefe reciben el mismo tratamiento por parte del juez instructor . Así lo pone de manifiesto la defensa de la jefa de la Fiscalía provincial de Madrid en su recurso contra el auto de procesamiento dictado por Hurtado. Noticia Relacionada tribunal supremo estandar Si La fiscal imputada se desmarca de García Ortiz para intentar salvarse Nati Villanueva Su defensa critica que el juez les meta en el mismo saco y marca distancias: ella «cumplía órdenes de su superior»En él, el abogado y fiscal en excedencia Daniel Campo (hace unas semanas Rodríguez renunció a ser defendida por la Abogacía del Estado, como su jefe) contrapone la actuación de Rodríguez a la del fiscal general, señalando que «no ha podido ser más diferente» a la de aquel. «Mi representada sí contestó a todas las preguntas que le formuló el Excmo. Sr. Magistrado Instructor y no ha borrado ni uno sólo de sus mensajes o correos que en la actualidad sigue conservando íntegramente ; del mismo modo que también mantiene los mismos número de teléfono y terminales, que no los ha cambiado desde hace muchos años». Tampoco utilizó, añade, una cuenta particular para la dación de cuentas al fiscal general: «se comunicó siempre a través de su secretaria y de las cuentas de correo oficiales». Esa actitud, a juicio del letrado, muestra «claramente la tranquilidad que desde el inicio de este procedimiento mantuvo Rodríguez en todo momento, convencida como lo estaba -y sigue estando- de que su actuación profesional y la dación de cuenta que llevó a cabo, como en tantas ocasiones, se había ajustado de forma escrupulosa a la ley y a las órdenes recibidas y en consecuencia, no eran merecedoras de reproche alguno».Sólo lo que perjudicaSin embargo, el abogado lamenta que el juez Hurtado realice una crítica severa del comportamiento procesal de García Ortiz y no extraiga la «correlativa valoración del comportamiento contrario de mi representada». Y es que, lamenta ante la Sala Penal, el instructor «sólo tiene en cuenta aquello que perjudica a los investigados, excluyendo todo aquello que les beneficia y que de hecho debe llevar a excluir cualquier reproche penal de su conducta».El resultado de la instrucción, dice Campo, no sólo no viene a confirmar los iniciales indicios, sino que, muy al contrario, «evidencia una realidad muy diferente a la del relato de la querella o denuncia inicial», por lo que la causa debe ser sobreseida.En su escrito ante la Sala, al que ha tenido acceso ABC, el letrado mantiene que Rodríguez «ni redactó, ni realizó modificación alguna, ni emitió, ni publicó ninguna nota informativa» , en referencia al escrito del 14 de marzo del pasado año en el que la Fiscalía desvelaba datos reservados relativos al procedimiento fiscal de Alberto González Amador, novio de Ayuso. «Es más, ni siquiera supo que se iba a publicar tal nota, sino que se limitó a realizar un examen superficial de un borrador elaborado por terceros (…)». Y asegura que si expresó que ella habría añadido algo más de cianuro al texto fue un simple «desahogo» porque esos días había estado sometida a mucha presión y a un linchamiento en redes sociales y medios «poniendo en solfa su imparcialidad y profesionalidad» por el hecho de haber sido directora general en el Ministerio de Justicia con Zapatero.Dación de cuentas La defensa enmarca la actuación de Pilar Rodríguez y la remisión de los correos a su jefe en la obligación estatutaria de dación de cuentas al superior, «una conducta absolutamente habitual en el día a día del Ministerio Público», dice. De hecho, añade, el incumplimiento de las órdenes o requerimientos recibidos puede suponer responsabilidad disciplinaria para el fiscal que desatienda esas órdenes. «Su posición en este aspecto no difiere a la mantenida por Diego Villafañe (teniente fiscal de la Secretaría Técnica), Virna Alonso (decana de delitos económicos) o Julián Salto, personas a las que se ha sobreseído la presente causa o que ni siquiera han sido llamadas a testificar y que sin embargo cumplieron con sus obligaciones al facilitar cuanta información que les fue requerida y cuando les fue requerida, exactamente igual que hizo la Sra. Rodríguez».Señala también el letrado que ninguna de las conversaciones por WhatsApp cruzadas entre Rodríguez «y diversas personas -entre ellas el propio Julián Salto- permite inferir que ninguno de ellos supiera, supusiera o sospechara que esos correos pudieran llegar a ser objeto de filtración alguna, filtración que incluso, al día de hoy, y tras la extensa e intensa instrucción, ha resultado acreditada que procediera del fiscal general del Estado».

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