La nueva rebaja del impuesto de Sucesiones y Donaciones de la Comunidad de Madrid entrará en vigor el 1 de julio

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La nueva rebaja del impuesto de Sucesiones y Donaciones de la Comunidad de Madrid entrará en vigor el 1 de julio

El 1 de julio entra en vigor la nueva ley que mejora los beneficios fiscales en herencias y donaciones entre familiares no directos. Así, se modifica la bonificación aplicable a los parientes incluidos en el grupo III de parentesco, que incluye a sobrinos, cuñados y suegros, en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones . Además, se simplifican los trámites. Hasta ahora, estos familiares tenían una bonificación del 25 por ciento en el impuesto. Con esta nueva ley, esta bonificación sube al 50 por ciento, acercándose así así al tratamiento que ya reciben los familiares más cercanos (hijos, padres y cónyuges), quiénes disfrutan de una bonificación del 99 por ciento.La ley, además, reduce las cargas administrativas para las donaciones con medidas como: bonificación del 100 por ciento en donaciones hasta 1.000 euros, sin importar el parentesco. Además, en estos casos, no será necesario presentar declaración, salvo que el bien donado deba inscribirse en el registro público (como una vivienda o un vehículo). Por otro lado, se elimina la obligación pública de hacer escritura pública, ante notario, cuando la donación no supere los 10.000 euros, siempre que no sea necesario para que sea legalmente válida. Noticia Relacionada estandar Si Luz verde definitiva de la Asamblea de Madrid a la nueva rebaja del impuesto de sucesiones y donaciones Mariano Calleja Con el rechazo frontal de la izquierda, la mayoría del PP aumenta las bonificaciones entre tíos y sobrinos y hermanos del 25 al 50 por cientoOtra de las novedades importantes es la creación de una reducción del 100 por ciento en la base imponible de ciertas donaciones en metálico (250.000 euros) siempre que el dinero se destine en el plazo de un año a: la compra de una vivienda habitual, la creación de una empresa, la compra de acciones y participaciones. Para aplicar esta reducción, es obligatorio declarar en el documento de donación cuál será el uso del dinero, y en donaciones superiores a 10.000 euros, formalizarlo mediante un documento público. Esta ley responde a una «demanda social constante «, especialmente en casos en los que el fallecido o donante no tiene familiares directos. El objetivo es equiparar el trato fiscal entre familiares cercanos, que, aunque no sean en línea recta, tienen una relación afectiva o económica estrecha.

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