Tranquilidad en el Supremo: la sentencia del TC «no nos afecta»

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Tranquilidad en el Supremo: la sentencia del TC «no nos afecta»

La sentencia del Tribunal Constitucional que avala (seis votos contra cuatro) la ley de Amnistía aprobada en 2024 por el Congreso de los Diputados no ha producido ninguna actividad sísmica en el Palacio de las Salesas. Fuentes del Tribunal Supremo señalan a ABC que la decisión judicial que el instructor Llarena y la Sala Segunda adoptaron en relación a la causa del ‘procés’ –y que ahora mismo afecta básicamente al prófugo Carles Puigdemont y a la inhabilitación del ya condenado Junqueras y otros tres líderes independentistas–, se ha hecho «en estricta aplicación» de la propia ley de Amnistía que aprobaron en el Parlamento el PSOE, Sumar y sus socios independentistas.En este sentido, desde el Supremo se apunta que el artículo 1.4 de la norma cuestionada no ha sido declarado inconstitucional, ni tan solo ha sido debatido en el Constitucional, y dispone «que queda excluida de la Amnistía cualquier malversación que se haya perpetrado con la intención de obtener un beneficio personal de naturaleza patrimonial».Bajo esta premisa, en el proceso que afecta al líder de Junts y fugado de España desde 2017, que sigue encausado por el instructor, Pablo Llarena, se considera, desde el Supremo, que «el gasto del referéndum para la independencia se hizo por un interés personal de los impulsores de la secesión» y aunque se revistió de un interés colectivo, lo cierto es que «no respondía a los intereses de los catalanes, ni de los españoles». De hecho, recalcan esas mismas fuentes, era algo que estaba prohibido por la Constitución y en el Estatut, y había sido específicamente prohibido por el TC y por el TSJ de Cataluña.Noticia Relacionada estandar Si Uno de los votos particulares afirma que la «finalidad» de la ley era «obtener el apoyo de siete diputados» de Junts Nati VillanuevaPor lo tanto, en tanto que el artículo 1.4 de la ley de Amnistía sigue vigente –el Constitucional apenas ha modificado tres apartados de la norma recurrida por el PP–, la decisión del Supremo respecto a la situación procesal de Puigdemont no cambia. «No nos afecta», señalan. En el sentido contrario se manifestaron, ayer al conocer el fallo del Constitucional, el ministro Félix Bolaños (PSOE) y el presidente de la Generalitat de Cataluña, Salvador Illa (PSC), que exigieron al Supremo que aplique ya, sin más demora, la norma a Puigdemont.«La resolución del Tribunal Supremo es estable, porque es al Poder Judicial y no al Tribunal Constitucional, al que corresponde interpretar cuál es el ámbito de aplicación de una ley ordinaria como es la ley de Amnistía», apuntan las mismas fuentes del Supremo, insistiendo en que ya están aplicando la ley pues de no ser así el líder de Junts estaría acusado de más delitos que la ley borra por completo.En el Palacio de las Salesas defienden que la decisión del Constitucional «no nos afecta» y, por lo tanto, hay una «tranquilidad absoluta», no se sienten aludidos. Otra cosa será cuando el Constitucional aborde, ya a partir de octubre, los recursos de amparo de Puigdemont y de otros cuatro condenados contra la decisión del Supremo de no aplicar la amnistía a la malversación del ‘procés’. Mientras los recursos de Junqueras y los otros tres afectados por la inhabilitación (Turull, Bassa y Romeva) están admitidos a trámite a la espera de ser abordados, Puigdemont todavía no lo ha presentado pues estaba pendiente del incidente de nulidad que el miércoles rechazó el TS. Será en ese momento cuando, si el Constitucional desautoriza la interpretación del Supremo sobre la malversación, como sucedió el año pasado con los ERE, el alto Tribunal podría presentar una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. De momento, en la pantalla en la que nos encontramos no ha habido choque entre el TC y el Supremo. «En el caso de los ERE, el Constitucional se extralimitó y entró en competencias jurisdiccionales pero en este caso sí ha cumplido con la tarea encomendada: el control de constitucionalidad de una ley», matizan desde el Supremo.

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