La mayoritaria Asociación de Fiscales (AF) y la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) han presentado un recurso de reposición contra el escrito en el que el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, les obliga a asistir a aquellas actuaciones judiciales cuya ausencia pueda causar perjuicios directos al ciudadano y a aquellas que estuvieran señaladas con anterioridad a la huelga que jueces y fiscales han convocado para los días 1, 2 y 3 de julio en protesta por las últimas reformas del ministro de Justicia, Félix Bolaños, entre ellas la propia reforma del Estatuto Fiscal. Consideran que la maniobra de García Ortiz es una coacción en toda regla y que en la práctica deja sin efecto la huelga. «El fiscal general describe sibilinamente unos servicios mínimos tan amplios que imposibilitan el ejercicio del derecho de huelga y, sorprendentemente, lo hace depender, en el caso de los fiscales, del ejercicio al derecho de huelga del juez correspondiente, de modo que convierte al fiscal en mera comparsa del juez«, dicen.Noticia Relacionada estandar Si El fiscal general advierte a los fiscales de que deben atender asuntos a pesar de la huelga Javier Lillo Confirma, en una carta dirigida a los fiscales jefes, que el Ministerio Fiscal «carece de competencias para fijar servicios mínimos»En un documento a la carrera, las asociaciones (dos de las cinco que han convocado la huelga) muestran su sorpresa porque, sin carecer de competencias para fijar servicios mínimos, haga una descripción de los mismos tan amplia que imposibilite el ejercicio del derecho de huelga.A su juicio, resulta contradictoria la actuación de la Fiscalía General respecto a lo decidido el 18 de noviembre de 2018 cuándo, convocada huelga por las tres asociaciones de fiscales (en ese caso también la progresista UPF, por un tema salarial), «asumió las competencias que ahora se niegan y establecieron servicios mínimos, acogiendo la propuesta del Comité de huelga«. En noviembre de 2018 la fiscal general del Estado era María José Segarra. «Zozobra y desaliento» Critican, además, que García Ortiz remate el escrito exigiendo a las jefaturas que comuniquen a la inspección fiscal las incidencias que se hayan producido, «dejando la sospecha de posibles represalias a fin de provocar, sin duda, la zozobra y el desaliento de la plantilla».«El fiscal general del Estado está cercenando, así, el ejercicio del derecho de huelga que la asociación que un día presidió (la UPF) reivindicaba y que, junto al resto de asociaciones de fiscales, tuvo por reconocido en noviembre de 2018».Recuerdan que la huelga constituye una medida «legítima, proporcionada y responsable en defensa de los principios fundamentales del Estado de derecho, de la independencia judicial y de nuestras condiciones profesionales» y que el derecho a secundarla está recogido en el artículo 28.2 de la Constitución. «Como derecho fundamental, no cabe interpretación restrictiva, de su reconocimiento no se excluye a jueces y magistrados y la ausencia de normativa específica de desarrollo no supone su exclusión«.Tal y como establece el Tribunal Constitucional, prosiguen, se trata de un derecho de titularidad individual, que cada persona puede «ejercer de manera autónoma y sin necesidad de autorización o comunicación previa«.«Cualquier intento por parte del empleador de condicionar, obstaculizar o coaccionar la decisión de un trabajador respecto a su participación en una huelga constituye una infracción muy grave», dicen, y puede dar lugar a sanciones económicas e incluso a la nulidad de actos de represalia, como sanciones disciplinarias.

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