Bruselas señala ante el TJUE que la amnistía no responde «al interés general» y sí al pacto por investir a Sánchez

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Bruselas señala ante el TJUE que la amnistía no responde «al interés general» y sí al pacto por investir a Sánchez

La primera vista en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre las distintas cuestiones prejudiciales planteadas en España por la aplicación de la Ley de Amnistía ha empezado en Luxemburgo. Ante una quincena de jueces y otros tantos abogados y representantes de las diferentes partes se han escuchado los argumentos que desembocarán en una sentencia que se espera hacia de fin de año . El argumentario más potente lo ha expuesto el representante de los servicios jurídicos de la Comisión Europea, Carlos Urraca, que ha defendido los argumentos que se incluían en el dictamen que había enviado a las partes. Entre otras cosas, ha manifestado que la ley de Amnistía no podría considerarse como un acto de interés general. «No parece que la Ley Orgánica de Amnistía [LOA] responda efectivamente a un objetivo de interés general dado que es parte de un acuerdo político para lograr la investidura del Gobierno de España».La Comisión Europea tiene como misión esencial la defensa de la legalidad europea y en este caso ejerce como «amicus curiae», es decir amigo del Tribunal y en este sentido también ha evocado los pronunciamientos que hicieron sobre la amnistía organismos relevantes como la Comisión de Venecia del Consejo de Europa.Noticia Relacionada estandar Si El Tribunal Supremo decidirá si saca a Santos Cerdán de Soto del Real el 22 de julio Javier Lillo Designa como ponente del recurso de apelación al magistrado Pablo LlarenaSin embargo, en esta primera vista la cuestión esencial es si la aplicación de la ley de amnistía p uede perjudicar los intereses financieros de la Unión a través de la anulación de delitos de malversación. En su argumentario, la Comisión afirma que a su juicio desde el punto de vista teórico «no existe un vínculo suficiente entre las actividades ilegales que tengan por objetivo la secesión de una parte del territorio de un Estado miembro y los intereses financieros de la Unión», pero al mismo tiempo reconoce que en el sentido de la cuestión prejudicial planteada, «le corresponde al órgano jurisdiccional nacional determinar si las particularidades del caso podrían justificar la existencia de una conexión suficiente» El ex presidente de la Generalitat huido de la Justicia, Carles Puigdemont, está representado por su abogado, el ex terrorista Gonzalo Boye. Ningún otro país se ha personado en la causa, señal de que la situación constitucional creada por la ley de amnistía es un asunto exclusivamente español. Sentencia para orientar a los jueces españolesAl término de esta primera vista, es posible que se pueda anunciar una fecha aproximada para la publicación del dictamen del Abogado General, que en la inmensa mayoría de los casos acaba adelantando el sentido de la decisión de los jueces. Estos se pronunciarán varios meses después y dictarán una sentencia que en la justicia europea no tiene votos particulares, sino que ha de ser firmada por todos los jueces. Esa sentencia ha de servir a su vez para orientar la decisión que han de tomar los jueces españoles que han hecho esta consulta prejudicial.

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