El Supremo dice que la trama de Cerdán se hizo con «cantidades portentosas e injustificadas de dinero»

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El Supremo dice que la trama de Cerdán se hizo con «cantidades portentosas e injustificadas de dinero»

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha emitido este miércoles un auto en el que avala la decisión del juez instructor Leopoldo Puente de mantener en prisión preventiva al ex número tres del PSOE Santos Cerdán, dados los «nutridos y poderosos» indicios que pesan sobre él. En treinta páginas de resolución, los tres magistrados (Pablo Llarena, Antonio del Moral y Juan Ramón Berdugo) explican que esas pesquisas llevadas a cabo por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil por mandato del instructor y con el impulso del fiscal jefe Anticorrupción han permitido desvelar no solo la naturaleza de la actividad que se desplegó –mordidas a cambio de adjudicaciones públicas– sino cómo se desarrolló y cómo «los investigados se repartían, de manera furtiva, unas cantidades portentosas e injustificadas de dinero». Para los magistrados, este comportamiento «solo se muestra coherente con la actividad delictiva que se investiga».El Alto Tribunal respalda así lo que tanto el juez como el fiscal mantienen desde que Cerdán entrara en Soto del Real, que hay un riesgo de que, si es puesto en libertad, pueda destruir pruebas importantes que permitan dar con los empresarios que se habrían beneficiado de esas adjudicaciones de obra pública a cambio de comisiones ilegales. Los tres magistrados que escucharon este martes a la defensa en la vista que se celebró, coinciden en que con los indicios sobre la mesa, Cerdán habría jugado un «papel directivo» en la trama que se investiga.Noticia Relacionada estandar Si El Supremo confirma la prisión para Cerdán por riesgo de destrucción de pruebas dado su «papel directivo» Javier LilloEn la resolución, de la que fue ponente Llarena –el juez instructor del ‘procés’–, se resalta además que si el ex secretario de Organización socialista quedara en libertad, podría «perjudicar irremediable y gravemente la investigación». Contraviene así la tesis de la defensa que este martes sostenía que no existían motivos para mantenerle en Soto del Real.El tribunal puntualiza ahora que entre esos indicios destaca el «conjunto de conversaciones telefónicas protagonizadas por los propios investigados y que resultan claramente indicativas y confirmatorias de la realidad que se investiga», todas ellas encontradas en dispositivos electrónicos que se incautaron con ocasión de la entrada y registro en el domicilio del exasesor ministerial Koldo García. La Sala avala la tesis del instructor Leopoldo Puente, que «considera estas conversaciones extraordinariamente elocuentes de la realidad de los hechos, de la participación en ellos de los investigados y de que el recurrente ostentaba en la trama unas funciones preeminentes y de dirección».«Valoración pervertida»La Sala añade que también han pesado en su decisión de mantener la medida cautelar el conjunto de mensajes de texto que Santos Cerdán envió a Koldo García, cuando José Luis Ábalos acababa de ser nombrado ministro de Transportes –en los que se hablaba de la posibilidad de nombrar a determinadas personas para puestos de relevancia–, y el análisis de numerosas adjudicaciones de obra pública que fueron otorgadas por ese departamento a través de la Dirección General de Carreteras o de la Administradora de Infraestructuras Ferroviarias (Adif). Recuerdan que beneficiaron a la empresa Acciona Construcción, aun actuando en unión temporal de empresas (UTE) con otras de menor envergadura, y cuando la adjudicataria no había presentado la mejor oferta económica, «sino que su oferta se había visto favorecida en la licitación por criterios de valoración subjetiva que estarían pervertidos». El tribunal se apoya en la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), del Tribunal Constitucional (TC) y del propio Supremo sobre la prisión provisional para apuntar que en el auto del instructor aparecen «perfectamente» reflejados indicadores que avalan la existencia de un riesgo concreto de obstrucción a la investigación desde fundamentos «lógicos y razonables».Resalta, en ese sentido, que las conversaciones grabadas por Koldo García subrepticiamente demostrarían que Cerdán «ejercía un papel directivo y de control en la actividad criminal» porque «impulsaba y hacía un seguimiento de la empresa a la que debían adjudicarse determinadas obras concretas», y añade que esos audios desvelan que también era él quien pagaba a Ábalos y a Koldo García el dinero que les correspondía por las comisiones ilícitamente obtenidas, porque era quien «gestionaba y trasladaba la información» de las empresas que habían comprometido el pago por determinadas obras públicas. Mecanismo de ocultaciónLos magistrados explican que Cerdán sería quien aparentemente «conoció y validó unos mecanismos ocultos de pago que efectivamente se emplearon y que todavía se desconocen».En este sentido, coinciden con el fiscal Luzón en que de momento no ha se desvelado la totalidad de empresas que fueron finalmente beneficiadas, ni qué sujetos las representaban y mantuvieron contacto con el recurrente, ni cómo se abordaba el pago y se ocultaba después el dinero ilícitamente obtenido. «Ni siquiera si subsisten ciertos depósitos o activos que hayan sido obtenidos con ocasión de su actividad delictiva», puntualizan. Al hilo, añaden que la existencia de esas bolsas de capital oculto es «coherente» con que sólo se haya develado un flujo «exiguo» de mordidas de un millón de euros, mientras que solo el importe total de las obras adjudicadas a Acciona Construcción por organismos dependientes del ministerio ascendió a 537,2 millones de euros.La Sala considera que existen indicios de que Cerdán «conoce a todos los que pagaron estas comisiones y sabe cómo le fueron pagadas, además de saber los conceptos con los que pudieron maquillarse los pagos y, quizás, incluso la propia procedencia bancaria de los fondos».El «rastro» del dinero«Sólo él parece conocer el destino que dio al dinero, así como el camino que siguió hasta su entrega a los beneficiarios últimos, quiénes fueron éstos o dónde podría haber quedado depositado el dinero que no haya sido repartido», resalta, para añadir que el ex número tres del PSOE es el único que presumiblemente podría conocer «el rastro y los vestigios que su actividad puede haber dejado». El Alto Tribunal mantiene así que el riesgo de destrucción de pruebas es mayor en el caso de Cerdán que en el resto de investigados por su capacidad de concertación con el resto o de mover cantidades dinerarias de su emplazamiento actual ocultándolas «bajo sociedades u hombres de paja». Entiende así que el hecho de que esté él en prisión y no el resto de investigados no supone ningún trato discriminatorio.

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