El borrado intencionado de los mensajes de móvil sienta en el banquillo a García Ortiz

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El borrado intencionado de los mensajes de móvil sienta en el banquillo a García Ortiz

La justicia española volvió a escribir este martes otra página que hará historia, en este caso la del aval al procesamiento del primer fiscal general en democracia , lo que le sitúa ya con un pie en el banquillo. La Sala de Apelaciones del Tribunal Supremo ha respaldado la instrucción que desde el pasado octubre ha llevado a cabo el juez Ángel Hurtado contra Álvaro García Ortiz por un delito de revelación de secretos, el mismo por el que hasta este martes estaba procesada también su subordinada y jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, exorada ahora de toda responsabilidad. Los magistrados consideran que hay indicios suficientes para poder llevar a juicio a quien a día de hoy sigue siendo la cabeza del Ministerio Público en España, una decisión, la de su permanencia en el cargo, que en la carrera judicial y fiscal se tilda de auténtica «anomalía» . Para la Sala, hay motivos para acusar a Álvaro García Ortiz de la filtración de datos reservados del procedimiento en el que el novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, estaba siendo investigado por fraude fiscal. También de la elaboración de la nota informativa en la que un día después, el 14 de marzo de 2024, con la excusa de desmentir una información inveraz, se desveló información reservada sobre la negociación de un acuerdo de conformidad que no debió salir nunca de la Fiscalía. Hubo una «actuación coordinada e impulsada personalmente por él» , dicen. Noticia Relacionada estandar No Feijóo exige la dimisión inmediata del fiscal general del Estado: «No puede seguir ni un minuto más» Emilio V. Escudero El presidente del PP se muestra tajante tras conocer que el Tribunal Supremo avala el procesamiento de Álvaro García Ortiz por revelación de secretosEn su resolución, de 78 folios -41 de ellos son del voto particular de uno de los tres magistrados-, la Sala desestima los recursos de la Fiscalía y de la defensa de García Ortiz (en manos de la Abogacía del Estado) contra su procesamiento, que entiende justificado en base a la instrucción practicada por Hurtado, compañero en la Sala Penal. Y uno de esos indicios, además de ese «frenético intercambio de comunicaciones» para desmentir la noticia que sobre el novio de Ayuso publicó la tarde-noche del 13 de marzo de 2024 el diario ‘El Mundo’, es el borrado de mensajes y Whastapp por parte del fiscal general. Y es que para los magistrados de la Sala «no puede pasarse por alto» que, a pesar de su posición institucional, García Ortiz borró los correos electrónicos de su cuenta de mail personal y también todos los mensajes de WhatsApp, «lo que ha impedido a los investigadores, a pesar de los esfuerzos realizados a tal fin, acceder a toda la información que existía sobre las comunicaciones de los investigados» . Un argumento «llamativo»En este contexto, la Sala sostiene que «es de común experiencia que un borrado de datos se hace de elementos que puedan resultar desfavorables». Por eso tilda de «llamativo» el argumento de la defensa de que la desaparición de la información de los dispositivos móviles del fiscal general del Estado (hecha por él mismo) le ha impedido defenderse. «Desde criterios de racionalidad, esa desaparición tuvo por finalidad ocultar la información ante una posible investigación y no puede quejarse quien la hizo de que ahora tiene limitada su defensa». Pero hay más; los magistrados recuerdan que «la desaparición intencionada de pruebas es un potente contra indicio que se utiliza habitualmente por los tribunales». Y es que «si el investigado no tiene obligación alguna de colaborar con la investigación y no tiene por qué aportar pruebas y puede guardar silencio», pudiendo ser utilizada esa inacción para «fundamentar una condena» , «con mayor razón ese mismo criterio puede seguirse también cuando el investigado, que puede aclarar los hechos, procede a la destrucción de las pruebas». La Sala rebate a la teniente fiscal y a la defensa de García Ortiz sobre el «legítimo derecho» y obligación de la Fiscalía General de salir al paso de informaciones que considera «inveraces -inicialmente se publicó que el Ministerio Público había ofrecido un pacto a Alberto González Amador cuando había sido al revés-, pero sostiene que la cuestión es «irrelevante» porque «para realizar la réplica informativa no era preciso revelar información reservada». «Las noticias que circularon y que sirvieron de contexto previo para la reacción de la Fiscalía no justifican la comisión de un delito. En otras palabras, no se puede revelar un dato confidencial para rebatir un hecho que se considera incierto», apuntan los magistrados.Noticia Relacionada estandar Si La segunda asociación de jueces denuncia que el CGPJ ha vuelto hacer un «reparto de cromos» en su primer año de mandato Nati Villanueva Tres de cada cuatro nombramientos fueron a parar a la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) y a Jueces para la Democracia, cuando entre las dos representan solo a un 38% de la carreraTambién ven irrelevante a efectos jurídicos que en su auto de procesamiento el instructor afirmara que García Ortiz recibió indicaciones de Presidencia del Gobierno para difundir el correo reservado del novio de Ayuso. «Ciertamente esa afirmación fáctica no ha sido acreditada con suficiencia por lo que su inclusión (…) era prescindible », confiesan. También en respuesta a los recursos, la Sala de Apelación asegura que no es su misión hacer un «análisis exhaustivo» de toda la información probatoria acumulada para confirmar o revocar el procesamiento. «No somos un tribunal de enjuiciamiento que haya de valorar pruebas, sino un tribunal que debe determinar si los indicios recabados durante la investigación justifican que las acusaciones puedan formular sus pretensiones o si, por el contrario, ante la insuficiencia o endeblez de los indicios lo que procede es el sobreseimiento de las actuaciones». El entorno de AyusoLos magistrados no dudan, como señalan defensa y Fiscalía, de que el abogado de González Amador, Carlos Neira, y el entorno de la presidenta madrileña, en concreto su jefe e Gabinete, Miguel Ángel Rodríguez, conocieran también el contenido del correo reservado cuya filtración se atribuye al fiscal general, «pero no hay ninguna evidencia de que lo filtraran» ellos. Y respecto a los medios de comunicación que aseguran que disponían del correo del 2 de febrero (sobre el pivota la causa, en el que el abogado de González Amador reconoce dos delitos fiscales), los magistrados no terminan de creérselo: cuestionan que tuvieran esa información y no la publicaran antes de que lo hiciera la Cadena Ser, de cuyo vínculo directo con el fiscal general ven acreditado por el cruce de comunicaciones esa noche. En cualquier caso «no es posible comprobar la veracidad» de la versión de los periodistas que se han acogido al secreto profesional, entre ellos los de ‘El País’ que poco antes del cierre de la instrucción llegaron a ir al notario en descargo del fiscal general. «La conclusión que cabe extraer de la información acumulada durante la instrucción, en los términos estrictamente indiciarios que corresponden a este momento procesal, es que los distintos periodistas que cubrían el caso tenían, si acaso, alguna información fragmentaria pero no tenían noticia del contenido del correo del 2 de febrero de 2024, que es precisamente el que fue filtrado, dentro de los indicios en los que nos movemos, al periodista de la Cadena Ser», insisten.Cambio de estrategiaDistinta suerte a la de García Ortiz ha corrido la otra procesada, Pilar Rodríguez, jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid y quien hizo de enlace entre el fiscal general y el fiscal de delitos económicos Julián Salto, a quien pidió todos los mails del procedimiento para enviárselos a su jefe cuando éste los reclamó. Dicen los magistrados que su actuación se enmarcó en la dación de cuenta al superior, una obligación impuesta a todos los fiscales cuando el asunto en cuestión tiene indudable «interés informativo» . El hecho de que la procesada -quien, como informó ABC, cambió recientemente de estrategia procesal y de abogado- participara en una simple verificación de los datos expresados en la nota informativa «no permite afirmar que interviniera de forma efectiva» en su realización (…)».

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