Un abogado especialista en vivienda advierte a los inquilinos sobre las subidas del alquiler

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Un abogado especialista en vivienda advierte a los inquilinos sobre las subidas del alquiler

La normativa sobre alquileres ha cambiado en España en los últimos meses. Entre otras cosas, la Ley de Vivienda establecía que se crearía un nuevo índice , el INAV, que se publicó por primera vez en diciembre de 2024.Este nuevo índice es el que se utiliza en la actualidad para actualizar las rentas. Si bien, los alquileres firmados antes del 25 de mayo de 2023 que incluyan una cláusula de actualización con el IPC siguen referenciándose por este valor.En cualquier caso, año a año, según lo estipulado en el contrato, el propietario puede subir el precio conforme al íncide al que esté ligado. ¿Pero qué pasa si el propietario no ha subido el alquiler de años anteriores al actual y decide hacerlo de golpe?Un abogado avisa sobre la actualización del precio del alquilerAlberto Sánchez , abogado especializado en vivienda y conocido en redes sociales como LegalMente.RRSS, ha respondido a la pregunta de una usuaria que asegura que s u casera, tras tres años, pretende subirle el alquiler por esos años en que no lo hizo pero que, según la usuaria, nunca lo comunicó ni verbalmente ni por escrito.«Si el propietario se olvida de actualizarte el alquiler durante varios años, hasta cinco, te los puede actualizar todos de golpe» , señala el abogado. Asimismo, recuerda que las subidas «tienen que estar previstas en el contrato» y que si no lo están «no te lo podría subir».Noticias relacionadas estandar No Un abogado laborista advierte a los trabajadores sobre sus vacaciones de verano V.L estandar No Una notaria explica si hay que incluir una cláusula en el testamento para evitar el impuesto de sucesiones V.L Sin embargo, recuerda que aunque la subida de tres años de golpe sea posible, el arrendador debe seguir unos pasos. El primero es notificar por escrito al inquilino la subida por estos tres años: «Debe indicar cuál ha sido el IPC o el IRAV que le tiene que aplicar y hacer el cálculo matemático sobre la renta».Avisa de que la renta actualizada se comenzaría a pagar «a partir del mes siguiente». Alberto Sánchez insiste en que el propietario no puede establecer una cantidad de subida de manera discrecional sino que se debe hacer el cálculo y añade que las subidas «no son retroactivas».El vídeo de este abogado ha contribuido a que muchas personas planteen sus dudas sobre la legalidad de ciertas prácticas o si se deben pasar por alto errores en el contrato de arrendamiento.

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