La Fiscalía defiende que no hubo revelación de secretos con el novio de Ayuso sino necesidad de frenar «bulos»

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La Fiscalía de Madrid ha presentado ante el Tribunal Superior de Justicia el informe que recoge el criterio de la Junta de Fiscales de Sala y que pide por ello que se rechace de plano la querella del empresario Alberto González Amador, pareja de la presidenta regional Isabel Díaz Ayuso, por revelación de secretos en su caso de delitos contra Hacienda. Afirma que no hubo ilícito alguno en la nota de prensa que difundió la Fiscalía sobre ese asunto, sino necesidad de desmontar «bulos» y defender la honorabilidad del Ministerio Público. El informe, al que tuvo acceso ABC, subraya que cuando se publicó en prensa la existencia de una investigación contra el novio de Ayuso, la denuncia de la Fiscalía ya se había judicializado, por lo que «no existe un solo dato que permita atribuir la filtración al Ministerio Público» como tampoco a los dos querellados, que son la fiscal jefa de la Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez; y el fiscal a cargo del caso, Julián Salto. «Se trata de una conjetura realizada por el querellante que carece de toda base fáctica , pues lo cierto es que no se aporta un solo indicio a propósito de dicho particular. Mucho menos acerca de las razones por las que se concluye que la filtración del correo electrónico pudo ser realizada por alguno de los querellados», dice el informe, para añadir que «no existe ni un solo indicio» de que ambos divulgasen el contenido de los correos electrónicos que el fiscal había cruzado con el abogado del empresario y que acabaron en los medios. Noticia Relacionada estandar No La Junta de Fiscales de Sala avala por la mínima el archivo de la querella del novio de Ayuso sin practicar diligencias Nati Villanueva Vocales de la UPF se pliegan a la número dos de García Ortiz y proponen el archivo al no ver delito en la filtración de la Fiscalía ni indicios contra los fiscales querelladosAhí está el centro de la argumentación, de hecho, en que esa información que luego sintetizaría la Fiscalía Provincial de Madrid en un comunicado a los medios, ya estaba publicada en la prensa desde el día anterior. «Ninguna duda existe de que al momento de publicarse y/o difundirse dicha nota de prensa las informaciones que en la misma se contenían ya no podían ser consideradas secretas o reservadas, pues habían sido publicadas por diferentes medios de comunicación», señala. Entiende que los hechos no serían por tanto delictivos, porque revelar secretos implica dar a conocer algo que no se conocía y no debiera hacerse público y «desaparecido el carácter secreto o reservado de los correos electrónicos objeto de autos, fruto de la publicación de su íntegro contenido en diferentes medios de comunicación, es notorio que los hechos no resultan típicos» y su impacto, añade, «a todas luces inocuo y claramente insuficiente» para constituir un delito. «En el presente caso, los datos que se dicen revelados en la nota informativa eran, en realidad, datos de público conocimiento, pues lo cierto es que tanto la existencia de la investigación en curso contra el querellante, como la denuncia formulada por el Ministerio Fiscal, como el contenido del correo electrónico en cuestión, ya habían sido publicados en diversos medios de comunicación. Dicho extremo permite afirmar que nos encontramos ante una conducta inocua», señala el informe. Las críticas de AyusoLa Fiscalía afea además al querellante que haya «omitido» hechos que considera de relevancia para este asunto y que completan el relato de cómo se llegó a aquella nota de prensa. Recoge que entre los días 12 y 13 de marzo, cuando la prensa de hacía eco de la existencia de una investigación en curso contra el empresario por delitos fiscales, se publicó «el bulo» de que la Fiscalía le había ofrecido «un pacto» para que reconociese los hechos, utilizando «conversaciones reservadas» que habían mantenido por correo electrónico el fiscal del caso, Julián Salto, y el abogado de González Amador. «Nótese que, ya previamente, la Presidenta de la Comunidad de Madrid había puesto en duda la imparcialidad y objetividad de la Fiscalía , pues, además de poner en tela de juicio el recto proceder de la Fiscal Jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, llegó a deslizar que se trataba de un caso turbio de los poderes del Estado, así como que se estaban usando los poderes del Estado contra su pareja», señala en este punto el informe de la fiscal María de la O Silva, reproduciendo el criterio que se impuso en el sanedrín de la carrera. Razona que lo siguiente fue la publicación en varios medios del contenido original de aquellas conversaciones, apuntando que en realidad, era la defensa la que había propuesto un acuerdo de conformidad a la Fiscalía. Recogían, como detalla el informe, «varias citas textuales de un correo electrónico que el abogado del señor González Amador dirigió el 2 de febrero al fiscal del caso» y revelaban «la práctica totalidad» de aquella comunicación. «Ante la inexactitud, falta de precisión e, incluso, contradicción de las informaciones vertidas en los medios de comunicación a lo largo de los días 13 y 14 de marzo de 2024 (…) desde la Fiscalía se estimó necesario emitir un comunicado que proporcionaba información veraz sobre el hecho noticiable que ya se encontraba en los medios y, por tanto, de interés para la sociedad, con el fin de evitar una distorsión de la realidad subyacente al caso», dice al respecto. Subraya, en este sentido, que «el ejercicio legítimo del derecho de informar verazmente a la ciudadanía sobre un hecho noticiable previamente aparecido en los medios (que en el caso del Ministerio Fiscal se erige, asimismo, en deber legal institucional) no puede considerarse determinante de ilícito penal alguno» y pide al TSJ que rechace tanto la querella de González Amador como la exposición razonada que al hilo de una denuncia por lo mismo del Colegio de la Abogacía, ha elevado al mismo órgano un juez de instrucción de Madrid. La querella de González AmadorConocida ya la postura de la Fiscalía sobre ambos asuntos, la decisión está pendiente ahora en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que podría seguir el criterio del Ministerio Público o admitir a trámite la querella y/o la exposición razonada e iniciar una investigación. La querella incide en el marco de confidencialidad que preside las comunicaciones con un abogado y no duda de que si Alberto González Amador tuviera una relación sentimental con una persona distinta o no tuviera ninguna, jamás habría padecido el que se revelara y se hiciera pública la existencia, el contenido íntegro y el soporte de una denuncia de la Fiscalía, «antes de que ningún proceso penal se dirigiera a él de ninguna forma; la revelación de actuaciones tributaria, la cronología de unas comunicaciones secretas »entre el representante del Ministerio Fiscal al frente de unas diligencias de investigación y el abogado de una de las personas objeto de las mismas«.«Se ha producido la revelación publica de absolutamente toda la intimidad (secreto) e información tributaria, procesal y de defensa asociada a D. Alberto González Amador que han tenido a mano los denunciados representantes del Ministerio Fiscal por razón de su cargo. Ningún secreto ni dato personal más podría haber sido revelado y hecho público».

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