La asesora de Begoña Gómez en el palacio de la Moncloa, Cristina Álvarez, investigada como la mujer del presidente del Gobierno por el juez de Madrid Juan Carlos Peinado, ha solicitado a este último suspender el careo que ordenó ayer entre ella y el funcionario que propuso su nombramiento , el ex vicesecretario general de la Presidencia Alfredo González.En dos escritos aportados por su defensa al Juzgado de Instrucción 41 de Madrid, consultados por ABC, solicita, por un lado, la suspensión de la diligencia del careo entre la imputada y el testigo previsto para el próximo 14 de mayo, alegando un viaje previsto a Estados Unidos y, por otro, una aclaración por los motivos que llevaron al instructor a ordenarlo. El abogado José María de Pablo, que representa a Cristina Álvarez, considera que durante su declaración como investigada no se contradijo con el responsable de Presidencia que propuso su nombramiento sobre cómo se llevó a cabo éste, asunto bajo investigación por si con su designación alguien incurrió en malversación de caudales públicos. Es más, el representante de Álvarez considera que e contenido de sus declaraciones fue «absolutamente coindicente». Noticia Relacionada estandar Si Los cinco frentes de la causa contra Begoña Gómez desacreditan a Sánchez Carmen Lucas-Torres Las nuevas revelaciones sobre la supuesta intermediación de la esposa del presidente en Air Europa suponen un salto cualitativoEn su escrito, el letrado recuerda que, en relación con la diligencia del careo, establece el art. 451 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que «cuando los testigos o los procesados entre sí o aquellos con estos discordaren acerca de algún hecho o de alguna circunstancia que interese en el sumario, podrá el juez celebrar careo entre los que estuvieran discordes». «Esta defensa ha repasado el contenido de las declaraciones prestadas por D. Alfredo González Gómez y Dña. María Cristina Álvarez Rodríguez y no ha sido capaz de identificar ninguna discordancia ni contradicción entre lo manifestado por uno y otra. Al contrario, el visionado de las declaraciones nos lleva a la conclusión de que la declaración de D. Alfredo González Gómez es absolutamente coincidente con las dos que prestó Dña. María Cristina Álvarez Rodríguez», argumenta.De ahí que pida al instructor que «nos aclare cuáles son los puntos de discordancia y contradicción entre lo declarado por uno y otra, sobre los que versará el careo acordado».

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