Tres magistrados del TC avisan: la expulsión de Macías de la amnistía «no tiene cobertura legal»

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Tres magistrados del TC avisan: la expulsión de Macías de la amnistía «no tiene cobertura legal»

«El modo inusual, carente de precedentes y sin cobertura legal, en que se ha tramitado la recusación en un asunto de tanta relevancia, ha tenido como efecto no solo favorecer al fiscal y a la Abogacía del Estado (…) sino silenciar la posición de la mayoría de las partes personadas que se oponían al apartamiento del magistrado, entre las que se incluyen los gobiernos autonómicos y del Grupo Parlamentario Popular, promotores de los doce recursos de súplica«. Así lo señalan en un voto particular conjunto tres de los cuatro magistrados que este martes se opusieron a la expulsión definitiva del conservador José María Macías del debate sobre la amnistía. Noticia Relacionada estandar Si La mayoría progresista del TC acuerda la expulsión definitiva de Macías del debate sobre la amnistía Nati Villanueva Rechaza los recursos del PP contra la recusación generalizada del magistradoEn el escrito, al que ha tenido acceso ABC, los magistrados discrepantes denuncian que la decisión de la mayoría progresista que encabeza Conde-Pumpido de rechazar los recursos del PP contra la recusación generalizada de su colega ha vulnerado derechos fundamentales de quienes estaban legitimados para participar en este procedimiento, una acusación que pone en bandeja un eventual recurso de los populares ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo. «Sin sujeción a la ley no hay juez imparcial» «El principio de imparcialidad se ve asegurado precisamente a través del respeto al procedimiento legalmente establecido: sin su sujeción a la ley, no puede existir un juez imparcial», aseguran los magistrados, que advierten de que « prescindir del procedimiento y de las garantías constitucionalmente establecidas es precisamente el camino más corto para vulnerar el derecho al juez imparcial«.A juicio de César Tolosa, Concepción Espejel y Enrique Arnaldo, la recusación de Macías fue planteada de forma «claramente extemporánea» y debió ser inadmitida conforme a la doctrina del propio tribunal. Pero es que a eso se suma que esa misma doctrina también ha reiterado que los magistrados «pueden y deben» tener criterios jurídicos previos «siempre que mantengan una mente abierta al debate constitucional». De hecho, como recuerda el voto particular, la propia Espejel fue obligada por este mismo TC a participar en el debate sobre la ley del aborto pese a ser ella misma la que quiso abstenerse por haber participado, como vocal del CGPJ, en un informe contrario a la ley del aborto. En el caso de Macías esta misma mayoría progresista ha aplicado otra vara de medir y le expulsa del tribunal por haber firmado, como vocal del Consejo, un informe contrario a la amnistía, un texto que, dicen los magistrados, en este caso «expresaba una valoración técnica colectiva, no una toma de posición personal ni anticipada que comprometiera su imparcialidad«. «Protocolarios y formalistas»Los magistrados reprochan al tribunal que haya incurrido en un «déficit de motivación incompatible con el deber de tutela judicial efectiva» pues con la decisión de extrapolar la recusación de Macías a todos los recursos y cuestiones de inconstitucionalidad, no ha dado respuesta a los recursos de súplica del PP. De hecho todos los demandantes han sostenido que no había fundamento legal para la «extensión de efectos» de una recusación, algo que no está previsto en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en la Ley Orgánica del Poder Judicial ni en la Ley de Enjuiciamiento Civil. A partir de ahí, los motivos en los que se fundamenta la desestimación de los doce recursos de súplica frente al auto de expulsión del magistrado son «protocolarios y formalistas». Composición ‘a la carta’El auto, dicen, ha eludido dar respuesta a las cuestiones planteadas referidas a la vulneración de derechos fundamentales constitucional y convencionalmente garantizados: el derecho al juez ordinario predeterminado por la ley y los principios de audiencia y contradicción que integran el derecho a un proceso con todas las garantías, que se corresponden con el derecho a un tribunal independiente e imparcial establecido por la ley y con el derecho a un proceso equitativo. La mayoría progresista se ha limitado así a dar a esos recurso una «respuesta lacónica y estereotipada», cuando lo que está en juego es algo tan grave como «la composición del tribunal realizada de oficio, sin respaldo normativo -ni procesal ni sustantivo- y al margen del procedimiento legalmente previsto».

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