El Constitucional avala que el catalán no sea un requisito en la sanidad de Baleares

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El Constitucional avala que el catalán no sea un requisito en la sanidad de Baleares

El Tribunal Constitucional (TC) desestima por unanimidad el recurso de inconstitucionalidad contra el decreto del Gobierno balear del PP, aprobado en agosto de 2023, que eliminó el requisito del catalán para trabajar en la sanidad pública de Baleares. Fue una de las primeras medidas adoptadas por la presidenta popular Marga Prohens tras ganar las elecciones en mayo de 2023, que se enmarcaba en un plan urgente para atraer y retener profesionales en el sistema sanitario del archipiélago. La exención se aplicó a todos los trabajadores con «funciones sanitarias» , como los médicos y las enfermeras, categorías históricamente deficitarias. La dirigente popular puso fin así a siete años de trabas en la sanidad para captar y fidelizar a personal sanitario.El Tribunal Constitucional ha considerado que el recurso presentado por el PSOE y Sumar «ha perdido objeto» en casi todos los motivos planteados. La medida que inicialmente iba en un decreto ley, después se incluyó en una ley de simplificación administrativa, aprobada a finales de 2024. Esa nueva normativa también ha sido recurrida al Constitucional por la Obra Cultura Balear.Aun así, el Tribunal se pronuncia sobre algunas cuestiones. Concretamente, cree que no se vulnera el régimen de cooficialidad lingüística y del derecho de los ciudadanos a emplear la lengua catalana en sus relaciones con la Administración sanitaria; que no hay discriminación por razón de lengua, y que el Gobierno balear no incumple su obligación de asegurar el conocimiento del catalán para llegar a una igualdad plena con el castellano.MÁS INFORMACIÓN noticia Si Campaña para catalanizar nombres: «El Registro Civil es españolista y españolizador»Por ello, sólo se pronuncia en relación con la supuesta vulneración del artículo 86 de la Constitución Española y el artículo 49 del Estatuto de Autonomía de Baleares, por falta de presupuesto habilitante y afectación de un derecho estatutario. Y en ambos casos, el TC tumba todos los argumentos esgrimidos por el recurso impulsado por los partidos de izquierda. La decisión del órgano jurisdiccional ha sido aprobada por los doce miembros que lo conforman.El TC asegura que el Gobierno de Marga Prohens ha ofrecido «una justificación explícita y razonada» para actuar con la urgencia que supone un decreto ley. «El déficit de médicos en la sanidad pública autonómica que motiva la reforma está justificado y apoyado en cifras concretas tomadas de fuentes oficiales», asegura la sentencia.«Además», prosigue la sentencia, «el gobierno [balear] ha vinculado este déficit de profesionales sanitarios con el aumento de las listas de espera y el deterioro del servicio y las prestaciones de un bien tan sensible como es la protección de la salud, de rango constitucional (art. 43 CE), lo que permite descartar la existencia de abuso o arbitrariedad en el ejercicio de la potestad legislativa de urgencia».Los magistrados critican con dureza la afirmación del PSOE y Sumar , que negaban la relación directa del requisito del catalán con la falta de sanitarios. Y para ello, el TC utiliza precisamente una norma aprobada por el Gobierno de Francina Armengol , la Ley 4/2016, que incluía la posibilidad excepcional de «eximir los requisitos de conocimientos de la lengua catalana» exigidos con carácter general para el acceso de personal estatutario al servicio de salud autonómico en casos de «carencia o insuficiencia de profesionales» con informe preceptivo del servicio de salud autonómico.Ahonda en este varapalo al Gobierno de la socialista Armengol, recordando que «esta posibilidad excepcional fue reiteradamente utilizada antes de la aprobación del decreto-ley impugnado mediante sucesivos informes del servicio de salud autonómico». Y para completar su argumento, el TC enumera hasta seis informes, que ya fueron publicados en exclusiva por ABC, donde los socialistas alertaban de que exigir un nivel de catalán era «inalcanzable», dificultaba la contratación y ponía en riesgo la cobertura sanitaria.Por otro lado, el TC tampoco considera que el decreto ley de Prohens suponga una «regulación general» del derecho de los ciudadanos de Baleares a dirigirse a la Administración de la Comunidad Autónoma en cualquiera de sus dos lenguas oficiales y a recibir respuesta en la misma lengua utilizada. Y añade que tampoco cree que se alteren «elementos esenciales».Para justificarlo, plantea una exposición muy detallada: «La norma recurrida acomete una regulación solamente parcial en materia de personal para un servicio concreto, el de salud, y para unos profesionales determinados, los profesionales sanitarios, que son los únicos a los que afecta. El resto de servicios y profesionales dentro del servicio autonómico de salud mantienen su régimen jurídico antes y después de la reforma, y no se ven afectados por ella».Con esta resolución, el Tribunal Constitucional cierra el proceso judicial iniciado por el recurso presentado en noviembre de 2023, reafirmando la constitucionalidad de la reforma impulsada por el ejecutivo balear del PP.La exigencia del requisito lingüístico fue recuperada en 2016 por el Gobierno de la socialista Francina Armengol junto con los nacionalistas de Més per Mallorca y el apoyo de Podemos. Baleares se convirtió en la primera región de España en imponer el requisito lingüístico a todos los profesionales sanitarios, lo que provocó el autoexilio de decenas de sanitarios y la falta de determinados perfiles en las Islas. Prohens lo suprimió en 2023 y lo convirtió en mérito -en vez de requisito- para «poner la alfombra roja» a todos los profesionales que desearan trabajar en el archipiélago sin conocimientos de la lengua catalana.Los socialistas lo calificaron como un decreto ley que «atacaba la lengua propia de Baleares» y se aliaron con los nacionalistas de Més -aglutinados dentro de Sumar- para llevarlo ante el tribunal de garantías. Los recurrentes alegaron que infringía el régimen de cooficialidad lingüística, además del derecho de los ciudadanos a usar la lengua catalana en sus relaciones con la Administración sanitaria.Apoyados por la entidad soberanista Obra Cultural Balear (OCB), PSOE y nacionalistas aseguraron que la medida del PP contravenía el principio de igualdad y no discriminación por razón de lengua, recogido en el artículo 3 de la Constitución y en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía de Baleares. Además, sostenían que el uso del decreto ley no estaba justificado por una situación de extraordinaria y urgente necesidad, como exige la jurisprudencia constitucional.

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