El aval del TC a que el Congreso ignore la Constitución abre la vía a la autodeterminación

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El aval del TC a que el Congreso ignore la Constitución abre la vía a la autodeterminación

La «abdicación» que ha hecho la mayoría progresista que lidera Conde-Pumpido a favor del Congreso , al permitir que legisle sobre todo aquello que la Constitución no prohíbe, es un argumento muy «peligroso» que puede tener consecuencias más allá del polémico aval a la amnistía aprobado el jueves. Y es que la sentencia, probablemente una de las más trascedentales de la historia del tribunal y de la democracia española, constituye un peligroso precedente para que una mayoría parlamentaria sea suficiente a partir de ahora para promover, por ejemplo, un referéndum de autodeterminación. La propia Carta Magna y el que hasta ahora había sido su valedor, el Tribunal Constitucional (TC) , habían operado como barrera de contención al secesionismo pese a que no hay una prohibición implícita ni explícita en la Constitución para convocarlo. De ahí la «preocupación» y «consternación» de exmagistrados del órgano de garantías como Manuel Aragón o Jorge Rodríguez Zapata, y de expertos en derecho constitucional, que tildan de «disparatado», «errático», «irresponsable» o «bochornoso» el fallo del TC. La sentencia aprobada por seis votos a cuatro considera que «el silencio constitucional» (en este caso sobre la amnistía, pero también lo hay respecto al referéndum) «no puede interpretarse como una prohibición de tal institución. Todo lo que no está constitucionalmente vedado queda, en principio, dentro del ámbito de decisión del legislador, sin que sea exigible una habilitación constitucional expresa a las Cortes Generales que, en virtud del principio democrático, ocupan una posición central en nuestro ordenamiento jurídico». «El legislador puede hacer todo lo que la Constitución no prohíba explícita o implícitamente» , deja claro el grupo de Conde-Pumpido, y eso abre la vía al ansiado referéndum de autodeterminación que en ningún momento ha dejado de estar en la hoja de ruta de Junts.Noticia Relacionada estandar Si Tranquilidad en el Supremo: el aval del TC a la amnistía «no nos afecta» Nati Villanueva El Constitucional no entra a valorar la malversación, cuenta pendiente del ‘procés’En declaraciones a ABC, Manuel Aragón recuerda que en la Constitución «no sólo hay prohibiciones expresas, sino también implícitas» que se derivan de la interpretación de disposiciones expresas contenidas en la Carta Magna, derechos o principios que inspiran el texto constitucional. Robar, por ejemplo, no está prohibido, pero sí está consagrado el derecho a la propiedad. Lo mismo sucede con la esclavitud en relación con la dignidad humana, como apunta el propio Aragón o el profesor Ruiz Robledo. Por lo que respecta al referéndum, si hasta ahora no se ha ajustado a la Carta Magna era porque se entendía que los artículos 1.2 y 2 de la Carta Magna («la soberanía nacional reside en el pueblo español» y la «indisoluble unidad de la nación española, patria común e indivisible (…)») lo impedían. Y eso es lo que el TC ha venido declarando de forma reiterada en los últimos años: un referéndum de autodeterminación no se puede llevar a cabo sin una previa reforma constitucional que así lo prevea, una reforma que, además, sería agravada, pues afectaría al Título Preliminar de la Constitución. La sentencia de 11 de septiembre de 2008 sobre la convocatoria y regulación de una consulta popular de autodeterminación en el País Vasco fue muy clara: «La cuestión que ha querido someterse a consulta (…) afecta al fundamento del orden constitucional vigente (en la medida en que supone la reconsideración de la identidad y unidad del sujeto soberano o, cuando menos, de la relación que únicamente la voluntad de este puede establecer entre el Estado y las comunidades autónomas) y por ello solo puede ser objeto de consulta popular por vía del referéndum de revisión constitucional».Noticias relacionadas estandar No Puigdemont tacha de «prevaricador» y «sedicioso» al Supremo À. G. estandar Si Puigdemont no puede volver aún pese al aval del Constitucional a la amnistía Nati VillanuevaDentro del propio TC no son muy halagüeños con el escenario que se abre a partir de ahora. «La sentencia rompe la Constitución y convierte al Congreso en una Cámara constituyente permanente de facto, prescindiendo de todo procedimiento de reforma y de la voluntad del pueblo español para aprobar esas reformas», lamentan fuentes del órgano. A partir de ahora Conde-Pumpido y su grupo «se reservan la facultad de ver o no ver límites bajo su exclusivo criterio y voluntad».«Puede pasar de todo»Para el catedrático Roberto Blanco, para quien la sentencia de la amnistía será un estigma que acompañe al presidente del TC y a los magistrados que la han acordado, al dar barra libre al Congreso con esa nueva y «disparatada» interpretación de lo que está o no prohibido sí podría convocarse un referéndum. «Ya puede pasar de todo», vaticina el jurista . «Al convertir la Constitución en otra cosa claro que se puede hacer», apostilla Rodríguez Zapata, quien fue miembro del TC.Recuerda Blanco que la Constitución es una norma que «establece principios de carácter general, tiene los artículos que tiene, con lo cual es necesaria la interpretación». En ningún precepto de la Carta Magna se habla de la separación de poderes y sin embargo nadie duda de que la hay con la mera lectura de los preceptos que regulan las competencias de las Cortes, las del Gobierno y las del Poder Judicial, dice. Lo mismo sucedía con el referéndum hasta ahora «y todos creímos que eso se repetiría con la amnistía», pues no se dudaba de su inconstitucionalidad hasta el jueves. «Cuando suceden cosas así -argumenta- es cuando se plantea el problema de que el control de constitucionalidad esté en manos de un solo órgano. De ahí que sea tan importante que tenga una actuación «absolutamente pulcra y escrupulosa». Y no ha sido así.Por último el catedrático Vicente Garrido tilda de «bochornoso» lo sucedido porque hace unos años, «cuando Sánchez, Illa, Iceta o Calvo proclamaban la manifiesta inconstitucionalidad de la amnistía, estos extraordinarios juristas hubieran defendido también su inconstitucionalidad». A su juicio, han hecho dos «barbaridades»: el asunto de los ERE y la amnistía . «Esto no ha sido una mutación constitucional, sino una infracción clarísima avalada por este TC».

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