Con el argumento «peligrosísimo» de que el Parlamento puede hacer todo lo que la Carta Magna no prohíbe, el grupo mayoritario que lidera Cándido Conde-Pumpido «ha destruido los presupuestos o fundamentos» de la propia legitimidad del Tribunal. «El TC ha abdicado de su función de control, no ha actuado como defensor jurídico de la Constitución». Así lo asegura en estas líneas Javier Tajadura, voz respetada en materia de Derecho Constitucional. El catedrático critica las prisas del presidente del órgano por sacar adelante la amnistía antes del verano «de la manera que fuera» y también el hecho de que no haya esperado a Europa. —¿Era previsible el fallo del Tribunal Constitucional?—Sí, era previsible porque la ponencia había sido filtrada y lo que se ha hecho es reproducir aquel borrador. Lo que a mí me ha sorprendido son las prisas, que se haya aprobado en tan pocas horas un asunto de tal complejidad, y teniendo en cuenta que había opiniones discrepantes muy bien fundamentadas. Y sobre todo me sorprende muchísimo que no se haya esperado a que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que va a pronunciarse en septiembre u octubre, lo haga. Arriesgarnos a un enfrentamiento entre jurisdicciones no tiene ningún sentido.Noticia Relacionada estandar Si El aval del TC a que el Congreso ignore la Constitución abre la vía a la autodeterminación Nati Villanueva—¿Pensó en algún momento que este TC pudiera declarar la constitucionalidad de la ley?—El problema es que el Tribunal Constitucional tiene que ser y parecer independiente, y su imagen de independencia ya había sido gravemente erosionada en la medida en que miembros del Gobierno habían pasado al TC. Eso, sumado a la colonización también por los partidos políticos, al repartirse los puestos cuando toca renovar, había hecho que la imagen de independencia sufriera un duro golpe. Esa falta de confianza que teníamos se ve confirmada porque una vez más los magistrados han operado en bloques. Echo en falta que el presidente no haya hecho ninguna labor, ninguna tarea de acercar las posiciones, buscar un consenso. Me parece que el presidente del Tribunal Constitucional ha estado más atento a otro tipo de indicaciones o de consideraciones de oportunidad vinculadas a lo que quería el Gobierno, una sentencia para antes del verano, de la manera que fuera, que de otra cosa.—¿Por qué la amnistía como institución no cabe en la Constitución?—Porque para que un parlamento pueda conceder amnistías tiene que estar recogido en la Constitución y los diputados constituyentes no la incluyeron porque quedó claro que el Parlamento no iba a poder conceder amnistías porque acababa de haber una para pasar página al servicio de la reconciliación nacional; se iniciaba una etapa democrática en la que no iba a hacer falta ninguna amnistía. Ese argumento ya es suficiente, pero por si no lo fuera, se prohíben los indultos generales. Si se prohíben expresamente los indultos generales, ¿cómo no se van a prohibir las amnistías, que tienen mucha más gravedad? Estos dos argumentos son inapelables. Y si en un momento determinado es muy necesario en España una amnistía, pues se reforma la Constitución. Lo que no se puede hacer es violentarla, que es lo que ha hecho el TC porque, sin cambiarla por el procedimiento democrático y con todas las garantías, ha optado por añadir ese precepto, ese inciso. —Una reforma constitucional por la puerta de atrás, en definitiva.—Una reforma fraudulenta, sí, fundamentada en un argumento peligrosísimo con el que el Tribunal Constitucional ha destruido los presupuestos o los fundamentos de su propia legitimidad. Al instaurar un principio de soberanía parlamentaria ya no hace falta ningún Tribunal Constitucional, porque cuando se inventan los tribunales constitucionales hace cien años es para decir precisamente que el Parlamento no lo puede todo, que está limitado por la Constitución. El TC ha abdicado de su función de control, no ha actuado como defensor jurídico de la Constitución y de su supremacía normativa al decir que el Parlamento puede hacer todo lo que no esté expresamente prohibido con argumentos que no son consistentes. Hoy es un día aciago, estas sentencias tienen unas consecuencias funestas, porque crean un precedente: ahora ya cualquiera podría conceder una amnistía por cualquier causa, porque se habilita al Parlamento para tomar decisiones que vulneren la Constitución. Es tremendo.—¿Por qué esta amnistía en concreto es inconstitucional?—Aun admitiendo que pudiera decirse que el Parlamento puede conceder amnistías, esta es inconstitucional porque es arbitraria o no razonable; no cumple las condiciones que dijo la Comisión de Venecia. La Comisión de Venecia, que es el máximo órgano consultivo en la materia en la Unión Europea, indica que puede estar justificada si sirve para la reconciliación nacional y es fruto de un alto consenso social y político. Esta amnistía no ha sido aprobada por consenso social y político, sino por una mayoría coyuntural; no ha sido fruto de reflexión, sino que ha sido aprobada por el procedimiento de urgencia; y sobre todo, no sólo no ha servido para ninguna reconciliación, sino que tiene una dimensión contractual, una contraprestación para conseguir siete votos. Más grave todavía es cuando el TC dice que no es arbitraria porque tiene un fin explícito, legítimo y razonable porque así lo dice el legislador en su preámbulo. Evidentemente ese preámbulo no va a decir que es arbitraria, sino que es la mejor ley del mundo. Y eso es renunciar otra vez a ejercer un control en defensa de la Constitución, porque para ver si es arbitrario o no hay que ver cuál es la finalidad real y la finalidad por la que se ha hecho es para los siete votos. Lo de la reconciliación es una broma: cuando dicen «lo volveremos a hacer» no hay ningún propósito de reconciliación.—¿Cree que esta sentencia marca un antes y un después en la historia del tribunal?—Pues yo creo que sí porque esa imagen de independencia que ya estaba muy erosionada por consecuencia de los últimos nombramientos, ahora con esta actuación, precipitada, apresurada, que puede conducir a un choque con Europa y con una mayoría así mecánica, es el golpe más duro que ha sufrido el prestigio del tribunal.—Los votos particulares son muy contundentes: ponen a Conde-Pumpido al borde de la prevaricación. ¿Quién controla al Tribunal Constitucional?—Esa es una pregunta básica en la historia de las ideas políticas: quién controla a los controladores. En el Estado constitucional siempre hay que poner a alguien en el vértice, en la cúspide, y ese papel lo asume el TC. Pero claro, como clave de bóveda de la arquitectura constitucional, si fallas todo el edificio se viene abajo y eso es lo grave. Alguien podría decir, bueno, vamos a poner otro por encima, un súper tribunal constitucional, pero podría pasar lo mismo, y en algún lugar hay que poner el final. Es verdad que si falla puede colapsar todo. Lo único que nos salva es que por la integración en la Unión Europea, una norma, cualquier norma jurídica en España, aunque sea constitucional, si es contraria al derecho de la Unión Europea no se puede aplicar. El Tribunal Constitucional ha dicho erróneamente que es constitucional, pero lo que no puede decir es que la amnistía sea conforme al derecho de la Unión Europea (UE). Eso solo lo puede decir el Tribunal de Justicia de la UE. Entonces no es que haya un control, pero indirectamente sí que hay un pronunciamiento posterior que si considera que la ley es contraria al derecho europeo, esa ley no se puede aplicar en España y los poderes públicos la tienen que derogar.—Y eso sucedería si el TJUE aceptara las alegaciones de la Comisión Europea que hablan de autoamnistía…— La Comisión Europea ya ha dicho que fue una autoamnistía. Es obvio que evidentemente la negociaron sus beneficiarios y la votaron sus beneficiarios. En el momento en que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea diga que la sentencia es contraria a la Unión Europea, esa ley, por muy constitucional que sea, no se puede aplicar por ser contraria al derecho europeo. Inmediatamente es inaplicable por parte de ningún juez español. Y desde ese punto de vista ya no tendría efectos prácticos. Pero además el Estado como tal está obligado a depurar el ordenamiento, por lo que el Parlamento tendría que derogarla. Aunque fuera desde un punto de vista formal y simbólico, porque materialmente ya no se puede aplicar esa ley—¿Y para los que ya les ha sido aplicada?— Por la retroactividad favorable, a los que se han beneficiado de ella ya no se les podría privar de los efectos positivos. En cualquier caso, convendría haber esperado al pronunciamiento de Europa porque, entre otras razones, no había ninguna necesidad de emitir este pronunciamiento antes de verano. Sería mucho más conveniente haber esperado tres meses más por mínima prudencia. Y sobre todo habría que haber también esperado, por lo que he dicho al principio, para enfriar un poco el debate, que se calentó mucho con la filtración, y que todos los magistrados tuvieran la oportunidad de reflexionar, haber hecho unas deliberaciones un poco más largas, porque si no lo que se transmite a la opinión pública es que no se ha deliberado, que los magistrados venían con la instrucción dada y que no había manera de convencerles. Los magistrados de la mayoría no han tenido tiempo de escuchar a los disidentes.

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